Este miércoles, la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó y despachó el proyecto de ley que endurece las sanciones contra quienes infringen las medidas sanitarias decretadas durante la pandemia. Esto ante el explosivo aumento durante las últimas semanas respecto a casos confirmados y muertes producto del coronavirus.
Revisa las principales normas contempladas en el proyecto despachado:
1.- Se aumenta pena del delito contemplado en el artículo 318 del Código Penal de presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días) a presidio menor en su grado mínimo a medio (61 días a 3 años); y se eleva el techo de las multas desde 1 millón a 10 millones de pesos para aquellas personas que pongan en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio.
2.- Se incorpora un agravante para organizadores de eventos públicos que infrinjan las medidas sanitarias (espectáculos, celebraciones o festividades).
3.- Se incorpora un artículo que establece como delito calificado a aquellos que pongan en riesgo la salud pública, por ejemplo, los que sabiendo que están contagiados infrinjan una cuarentena vulnerando las normas sanitarias y poniendo en riesgo la salud pública. Se establece una pena de hasta cinco años.
4.- Sin perjuicio de las multas que puede establecer la autoridad sanitaria, a partir de los procedimientos de investigación y sanción sanitaria, este proyecto también contempla un aumento significativo de las multas (hasta 12 millones de pesos aproximadamente).
5.- Contempla la posibilidad de trabajo comunitario en beneficio de toda la sociedad para quienes vulneren la norma sanitaria y pueden causar un daño a la población.