Click acá para ir directamente al contenido

Cuándo, dónde y cuánto dinero: Los detalles sobre el retiro del 10% aprobado por el Congreso

Tras su despacho a ley por la Cámara de Diputados, el proyecto deberá ser enviado a La Moneda, donde se podrá promulgar de manera inmediata o acudir a los otros pasos que indica la ley como el veto o el TC.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Esta jornada y tras la aprobación de la Cámara de Diputados, el proyecto de retiro del 10% de los fondos de las AFPs fue despachado a Ley, aunque aún debe ser enviado a La Moneda, donde se podrá promulgar de manera inmediata por el Presidente o acudir a los otros pasos que indica la ley.

Sin embargo, son varias las preguntas sobre cómo, cuándo, dónde y cuánto dinero podrá retirar. En 24Tarde, Andrés Vial explicó en detalle todas estas interrogantes.

  • Universal: Beneficia a cerca de 11 millones de afiliados a una AFP
  • Los afiliados podrán retirar desde $1 millón hasta $4,3 millones, dependiendo del monto que tienen en sus cuentas de AFP.
  • Para aquellas personas que tengan menos de un millón, podrán retirar todo lo que tengan en los Fondos Previonales.

Según los cálculos de la Superintendencia de Pensiones, lo que cada afiliado sacaría es $1,3 millones de pesos; y también indican que 1 de cada 4 personas retirará todo el dinero que tiene en su cuenta, es decir, tiene menos de $1 millón de pesos.

En tanto, las AFPs han dicho que apuestan a un proceso "simple" y "ágil" para la entrega de dineros.

Acá hay que enfatizar que están circulando varias estafas por redes sociales, y otros canales informativos como emails falsos, que están pidiendo las cuentas bancarias u otros datos, sin embargo, aunque aun quedan procesos para que sea Ley de la República, no se pedirán datos.

 

EL AFILIADO DEBERÁ HACER LA SOLICITUD

Si este proyecto se promulga y se convierte en Ley, debe ser cada afiliado quien deberá solicitar a su AFP el retiro de su 10%.

CÓMO SE PAGARÁ

El texto indica que será en dos cuotas:

  • 1era cuota del 50% se pagará 10 días hábiles después de realizar la solicitud en la AFP.
  • 2da. Cuota del 50% se pagará 30 días hábiles después del primer pago.

El plazo máximo para realizar la solicitud de retiro de fondos después de publicada la Reforma, será de 365 días, es decir las personas tendrán hasta un año para realizar su retiro del 10%.

¿DÓNDE SE PAGA?

  1. Cuenta RUT
  2. Cuenta Corriente
  3. Cuenta 2 de AFP

El texto también indica que:

  • No se pagará impuestos por el retiro del 10%
  • No se pueden hacer retenciones (salvo por pensiones de alimentos)
  • Es un trámite SIN costo para los afiliados

QUÉ PASA CON LOS JUBILADOS

El texto también incluye a los jubilados por vejez, invalidez y sobrevivencia, quedando fuera aquellas personas que jubilaron bajo el modelo de "renta vitalicia", lo que corresponde a unas 642 mil personas.

Ser ley, veto presidencial o ir al TC

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este jueves el retiro del 10% de las AFP, quedando en condiciones de ser despachado a ley.

Si bien la iniciativa contó con 116 votos a favor, 28 en contra y 5 abstenciones, la iniciativa aún no está del todo confirmada que sea promulgada como una reforma constitucional porque existen dos instancias que podrían retrasar o evitar dicho proceso.

Así, según la normativa legal vigente, luego de que la Cámara Baja aprobara el proyecto, el Gobierno o parlamentarios podrían recurrir a un veto presidencial o al Tribunal Constitucional, impidiendo que se promulgue.

Los pasos que deberá seguir el despacho de la iniciativa es:

  • La Cámara de Diputadas y Diputados realizará un oficio promulgatorio, el cual será enviado a la Secretaría General de la Presidencia
  • El documento original debe ser entregado a La Moneda, directamente en Santiago
  • La aprobación pasa a la Contraloría a menos que se decida recurrir al veto o el TC

Respecto de esto último, los parlamentarios tienen hasta 5 días tras la aprobación para acudir al TC.

No obstante, cabe remarcar que si el Presidente de la República no promulga la ley en un plazo de 30 días, esta es promulgada de manera automática.