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Cuarentena: padres separados podrán solicitar permiso para traslado de hijos

Hasta ahora, este documento sólo se podía solicitar en una comisaría presencial. Sin embargo, durante este lunes se habilitará la Comisaría Virtual para tal medida.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

La subsecretaria de Prevención del Delito, Katherine Martorell, indicó que el permiso para padres separados para trasladar hijos de la casa del padre o madre hacia otra vivienda, también comenzará a estar disponible a través de la Comisaría Virtual.

“Aviso importante para padres separados con hijos: El permiso para trasladar hijos de casa de un padre o madre, a casa del otro padre o madre a pasar de cuarentena, que estaba disponible en comisaría presencial hasta ayer, estará también disponible durante el día en Comisaría Virtual”, expresó en su cuenta de Twitter.

Recordar que a partir de este lunes, se limitaron los permisos disponibles durante la cuarentena total y el número de ellos. Ahora, en un lapsus de siete días, las personas sólo pueden solicitar cinco de estos documentos.

Los permisos deben ser solicitados en Comisaría Virtual (INGRESA AQUÍ PARA OBTENERLO), donde hay una serie de medidas y normativas que explican la obtención de cada permiso.

Por ejemplo, este tipo de permisos no permite el acceso a un cordón sanitario así como tampoco para circular en horario de toque de queda. En este último caso, es necesario obtener un salvoconducto.

Así, la policía destacó que:

  • Solo puede ser solicitado directamente por quien se trasladará de un lugar a otro, y son personales, únicos e intransferibles
  • No son válidos para pasar por cordones sanitarios
  • Tienen una vigencia y restricciones diferenciada según su tipo
  • En ningún caso pueden ser utilizados como salvoconducto al decretarse toque de queda por la autoridad
  • Pueden ser obtenidos con clave única, cédula de identidad o pasaporte
  • Podrán solicitar un máximo de cinco permisos en un lapso de siete días.

CUÁLES SON LOS PERMISOS DISPONIBLES

Revisa aquí el listado de cada uno y la duración que tienen:

  1. Asistencia a servicios de salud (12 horas)
  2. Compras de bienes básicos (3 horas, 2 veces a la semana)
  3. Salida con persona con trastorno del espectro autista (2 horas)
  4. Paseo de mascotas (30 minutos)
  5. Pagos de servicios básicos, trámites bancarios y cobro de pensiones (3 horas de lunes a viernes)
  6. Asistencia a funerales (5 horas si se reside en la misma región del funeral, y de 24 horas si el funeral es en otra región)
  7. Retiro de alimentos desde organismos públicos (5 horas)
  8. Comparecencia a una citación a la que un abogado u otra persona deba concurrir en virtud de la ley (hasta el cumplimiento de la gestión
  9. Llevar artículos de primera necesidad a adultos mayores (2 horas)
  10. Llevar a recintos penitenciarios artículos de primera necesidad (3 horas)
  11. Cuidadores para los hijos de la salud (requiere certificado del recinto de salud)
  12. Cuidadores de adultos mayores que se encuentren en delicado estado de salud