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Gajardo y fiscalizaciones en casas: "La norma es mala pero se justifica en el momento que vivimos"

El abogado y ex fiscal dijo que la fiscalización de hogares debe realizarse siempre y cuando sea ostensible desde el exterior que se están infringiendo las normas. Además, en ese caso, "la persona debiera exigir un decreto firmado que autorice la fiscalización al domicilio en particular".

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

El ex fiscal del Ministerio Público, Carlos Gajardo, explicó en conversación con el Canal 24 Horas que no existe un problema de legalidad en la normativa impuesta por el Ejecutivo, que permite la fiscalización de hogares si es que se infringe la norma sanitaria de que sólo se pueden recibir a cinco personas para estas Fiestas Patrias, pero aclaró que podrían presentarse problemas en cuanto a su "constitucionalidad".

"No hay problema de legalidad, sino que de constitucionalidad. Esta norma no se aviene con los derechos que la Constitución le otorga a las personas en cuanto a la individualidad del hogar (...) Me parece que la norma es mala, pero se justifica en el momento en el que estamos viviendo", señaló.

En ese mismo sentido, precisó que "la norma existe, es una norma que uno puede cuestionar, pero debe ser respetada. El Gobierno puede utilizarla y me parece que las personas tienen que tener presente que es una normativa vigente y que puede ser utilizada por el Ejecutivo".

Respecto de los cuestionamiento que han surgido, el abogado asevera que "uno podría cuestionar la norma, ir al Tribunal Constitucional, eso probablemente lo podría hacer alguien (...) sin embargo, es un trámite que no le quitará el mal rato de que su casa podría se allanada".

"Es necesario entender que estamos en un escenario en el que el virus no se ha ido, que pueden existir rebrotes importantes y, por lo tanto, el llamado que ha hecho la autoridad es el correcto, a celebrar con responsabilidad, advirtiendo que de no cumplirse la norma, podrían haber fiscalizaciones", argumentó.

Por otro lado, explicó que está la norma penal cuando se configura un delito, donde alguien está poniendo en peligro la salud pública, instancia en la que "Carabineros puede entrar usando la fuerza a un hogar", y no necesariamente ser ostensible que se está infringiendo la normativa sanitaria.

Por otro lado, el allanamiento de morada debe realizarse siempre y cuando sea ostensible desde fuera del domicilio que se están infringiendo la norma. Además, en ese caso, "la persona debiera exigir un decreto firmado que autorice la fiscalización al domicilio en particular".

Por último, critica la poca preparación que ha existido en materia de normativa, ya que las reglas redactadas y aplicadas no son lo suficientemente claras.

"Las normativas no son las adecuadas, pudo haber una mejor preparación, hace rato que sabemos de esta situación. Toda esta normativa pudo haber sido redactada mejor, a pesar de eso, creo que es necesario que la autoridad haga llamados a que nos quedemos en casa", sentenció.

Fiestas Patrias: qué podrán hacer fiscalizadores y carabineros en casas para controles

El Ministerio de Salud indicó en los últimos días que para las Fiestas Patrias habrá fiscalizadores que, haciendo valer sus facultades legales, podrán ingresar a las casas para monitorear que se respeten las medidas sanitarias.

Pero, ¿en qué situaciones podrá suceder esto y qué obligaciones tiene un dueño de casa para acceder? Luis Bobadilla, académico de la Facultad de Derecho USACh y abogado experto en Derecho Constitucional, detalló que lo primero es verificar los elementos de identificación de un fiscalizador.

"Se debe exigir que porte una chaqueta y un carnet que acredite su condición de autoridad sanitaria", explicó.

Asimismo, destacó que un fiscalizador municipal no tiene estas atribuciones, por lo que no tienen permiso para efectuar dicho procedimiento. "Esto solo lo pueden efectuar representantes del Minsal", añadió.

Consultado sobre si es necesaria la presencia de la fuerza pública, Bobadilla enfatizó que "en primer término, los funcionarios pueden tocar el timbre y pedir el ingreso. Eso sería lo ideal". Sin embargo, destacó que si alguien se niega "el fiscalizador puede pedir un decreto de allanamiento", el cual está expresado en el código sanitario.

"Esta atribución la tiene el Minsal hace varios años y no solo por ahora que estamos en Estado de Excepción", complementó.

Sin embargo, Bobadilla sostuvo que si por alguna causa un representante del Minsal necesita apoyo policial, lo puede solicitar. "Si alguien se niega no sería detenido, y el carabinero puede entrar, observar y levantar un acta, nada más".

SANITARIO VS. PENAL

No obstante, el experto advirtió que existen dos aristas que se mezclan: lo sanitario y lo penal, teniendo ambas procedimientos diferentes.

De acuerdo a lo manifestado, se puede verificar el cumplimiento de medidas sanitarias y ver, por ejemplo, si se respeta la presencia de hasta 5 personas extras en una vivienda. "En este caso, se levantará un acta y fin", dijo.

Pero enfatizó que caso diferente es si se ve a alguien en fragancia, "como por ejemplo un caso positivo de COVID-19 y que esté en una fiesta. Esta persona sería detenida".