Click acá para ir directamente al contenido

¿Pagar impuestos? ¿Qué pasa si soy pensionado?: Las dudas si es ley el retiro del 10%

La iniciativa fue aprobada este miércoles en la Cámara de Diputadas y Diputados, pero aún debe sortear su tramitación en el Senado. Por medio de este breve cuestionario, despeja algunas interrogantes en caso de que la reforma se promulgue.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

 

Luego de la aprobación ocurrida este miércoles en la Cámara de Diputadas y Diputados del proyecto de reforma constitucional que permite el retiro excepcional y voluntario de hasta un 10% de los fondos acumulados de capitalización individual en las AFP, la propuesta continuará ahora su tramitación en el Senado.

Pese al avance de la iniciativa, entre los afiliados y el resto de la ciudadanía aún persisten algunas dudas que a continuación puedes despejar gracias a un breve cuestionario compartido por la Cámara Baja:

 

¿ES OBLIGATORIO EL RETIRO DE FONDOS?

No, el proyecto autoriza a los afiliados del sistema privado de pensiones de forma voluntaria y por única vez al retiro propuesto.

SI SOY PENSIONADO, ¿PUEDO RETIRAR MIS FONDOS?

Las personas que se encuentran recibiendo su pensión no pueden optar a esta propuesta.

 

¿QUÉ PASA SI TENGO MENOS DE UN MILLÓN DE PESOS?

En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a treinta y cinco unidades de fomento, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a las treinta y cinco unidades de fomento, el afiliado podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

¿DE QUÉ MANERA SE ENTREGARÁN LOS FONDOS?

El 50% se entregará en un plazo máximo de diez días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones a que pertenezca el afiliado. El 50% restante, en el plazo máximo de 30 días hábiles, a contar del desembolso anterior.

¿DEBERÉ PAGAR IMPUESTOS POR ESTE RETIRO?

Los fondos no constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal y, en consecuencia, serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones.