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Senado despacha a Ley proyecto por retención del 10% para deudores de pensión de alimentos

La Sala por unanimidad aprobó el proyecto de ley que asegura el pago de pensiones de alimentos con retiros de fondos de AFP.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Esta tarde el Senado aprobó y despachó a Ley el proyecto por retención del 10% para deudores de pensiones de alimentos impulsado por el Ejecutivo.

La Sala por unanimidad aprobó el proyecto de ley que asegura el pago de pensiones de alimentos con retiros de fondos de AFP.

Con esta aprobación, la iniciativa culminó su trámite legislativo, quedando lista para ser promulgada y convertirse en ley.

Así, la nueva normativa, que comenzará a regir en breve plazo, permitirá que:

- Apenas presentada la solicitud de retención por parte del alimentario (en tramitefacil.pjud.cl), el juez deberá notificar a las AFP, en un máximo 48 horas, que los fondos previsionales del deudor se encuentras retenidos. Luego, las compañías serán las encargadas de comunicar a sus afiliados sobre el estado de sus dineros.

- El hecho de hacer efectiva la retención con la mera notificación del Tribunal a las AFP, soluciona el problema que tienen los Juzgados de Familia para ubicar a los deudores de pensiones alimenticias y poder notificarle de sus distintas resoluciones.

- La nueva ley, además, establece que si la persona que realizó la solicitud no conoce cuál es la AFP del demando, entonces el Tribunal deberá notificar de esta retención a todas las AFP del país, para cautelar el pago.


- Asimismo, la nueva normativa permite que los jueces de familia puedan proceder de oficio, y retengan los dineros en todas aquellas causas, con deudas ya liquidadas, que tengan conocimiento, independiente de si el alimentario ingresó o no la solicitud en el Poder Judicial.