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Senado despacha proyecto que prohíbe el corte de suministros básicos durante la pandemia

La iniciativa incluye los servicios de luz, agua, gas y telefonía y permite que las familias paguen sus deudas hasta el 12 meses.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Con 28 votos a favor y 10 abstenciones, el Senado despachó este jueves, el proyecto de ley que busca prohibir el corte de los suministros básicos durante la emergencia sanitaria que enfrenta el país.

“Creo que es muy importante hoy, no sólo el 40% de la población, tenga garantizados los servicios de luz, agua, gas y telefonía. Eso es lo que busca esta ley”, explicó la diputada DC, Joanna Pérez, impulsora de la iniciativa.

Por otro lado, la iniciativa permite el prorrateo en hasta 12 meses.

Consignar que la prohibición de no corte aplica para todas las personas (sin necesidad de porcentaje de vulnerabilidad).

Asimismo, podrán prorratear y acceder al plan de telecomunicaciones quienes cumplan con un solo requisito detallado a continuación:

  • Pertenecer al 60% de vulnerabilidad, de conformidad al Registro Social de Hogares del Ministerio de Desarrollo Social
  • Estar percibiendo las prestaciones de la ley N° 19.728, que establece un seguro de desempleo
  • Haber suspendido su relación laboral en virtud de alguna de las causales establecidas en la ley N° 21.227, que faculta el acceso a prestaciones del seguro de desempleo de la ley N° 19.728, en circunstancias excepcionales, o haber celebrado un pacto de reducción temporal de jornada, al tenor de esta última ley
  • Tener la calidad de adulto mayor, de acuerdo con la ley N° 19.828 que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor
  • Los trabajadores independientes o informales que , sin estar comprendidos en las categorías anteriores, mediante declaración jurada simple, den cuenta de una disminución significativa de sus ingresos. La utilización maliciosa de la declaración se sancionará de conformidad con el artículo 210 del Código Penal