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Conoce los perfiles de los 155 convencionales constituyentes de Chile

En un plazo de nueve meses, con una prórroga máxima de tres, los y las escogidas por la ciudadanía redactarán la nueva Constitución. Conoce quiénes son, qué proponen y cuáles son sus funciones a continuación.

24horas tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

El domingo pasado se convirtió en un día histórico para Chile, luego de que se desarrollara la instalación de la Convención Constitucional, en una jornada que estuvo marcada por la elección de Elisa Loncón como presidenta y de Jaime Bassa como vicepresidente.

La jornada no estuvo exenta de problemas y desencuentros. Alrededor de las 11.00 de la mañana un grupo de constituyentes solicitaron detener la ceremonia por incidentes a las afueras del ex Congreso Nacional.

Los reclamos apuntaban principalmente al cese del actuar de Carabineros contra las personas que buscaban traspasar las barreras perimetrales de seguridad definidas al exterior del edificio.

Luego de tensos momentos, Carmen Gloria Valladares, secretaria del Tricel quien estaba a cargo de comandar la primera jornada, acordó con los constituyentes suspender provisoriamente el inicio.

El acto continúo casi dos horas después.

Histórico: El momento en que los constituyentes fueron investidos y se dio inicio a la Convención Constitucional

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Los 155 miembros asumieron sus cargos en una ceremonia que fue presidida por Carmen Gloria Valladares, en la previa de la elección del presidente de la Convención Constitucional.

La elección de mayo

Los 155 miembros de la Convención fueron elegidos electos en mayo de este año. Con los votos de la ciudadanía, los representantes tiene como objetivo redactar una nueva Carta Magna para nuestro país.

 

Después del conteo de votos y la regla de paridad de género ejecutada la Convención Constituyente quedó integrada por 77 mujeres y 78 hombres.

La corrección de género se aplicó en 16 oportunidades, donde once hombres ganaron un escaño. En el caso de los pueblos indígenas específicamente, se aplicó cuatro veces, entrando el par alternativo hombre a la convención en reemplazo de las ganadoras mujeres.

Los distritos donde se aplicó la ley –promulgada en marzo del año pasado– fueron:

  • Distrito 3: Entró un hombre en reemplazo de su compañera.
  • Distrito 6: Entraron dos hombre.
  • Distrito 7: Entró una mujer.
  • Distrito 12: Entró un hombre.
  • Distrito 13: Entró un hombre.
  • Distrito 14: Entró una mujer.
  • Distrito 16: Entró una mujer.
  • Distrito 18: Entró un hombre.
  • Distrito 21: Entró un hombre.
  • Distrito 22: Entró una mujer.
  • Distrito 26: Entró una mujer.
  • Mapuche: Entraron dos hombres pares alternativos de las candidatas titulares.
  • Colla: Entró el par alternativo hombre.
  • Atacameño: Entró el par alternativo hombre.

A pesar que la lista oficialista Vamos por Chile (37) obtuvo la mayor cantidad convencionales, las fuerzas independientes fueron las mayoritarias con 31% de los escaños, destacando La Lista del Pueblo (27) y los Independientes por la Nueva Constitución (11) o también conocidos como No Neutrales.

Por su parte la lista Apruebo Dignidad, de los partidos, movimientos políticos y sociales reunidos en: el pacto “Apruebo Chile Digno, Verde y Soberano” (incluido el PC), el Frente Amplio, Unidad Social, Comunidad por la Dignidad y el partido Igualdad, obtuvo 28 escaños. Y la ex Nueva Mayoría, en la Lista del Apruebo, 25.

¿Cómo funciona la Convención?

Estos 155 candidatos electos conformarán la Convención Constituyente, organismo que deberá redactar y aprobar una propuesta de texto de nueva Constitución en el plazo máximo de nueve meses, contado desde su instalación el 4 de julio.

De no cumplir el mencionado periodo de tiempo, se podrá prorrogar por tres meses, pero por una sola vez. Es decir, en el plazo máximo de un año deberán elaborar la propuesta.

Al iniciar sus actividades, la Convención debe elegir a un presidente o presidenta y a un vicepresidente o vicepresidenta por mayoría absoluta de sus miembros en ejercicio en su primera sesión. También habrá una secretaría técnica propia de la Convención.

Del total de escaños, hay 17 que están reservados para constituyentes pertenecientes a pueblos originarios. Además toda la Convención está conformada con paridad de género, lo que significa que ni mujeres ni hombres superarán al sexo opuesto en más de un miembro.

Ante la labor, los integrantes de la Convención recibirán una retribución mensual de 50 unidades tributarias mensuales (UTM), además de las asignaciones que se establezcan en el Reglamento de la Convención.

¿Qué pueden y que no pueden hacer los constituyentes?

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio. Sin embargo, no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

En su sitio web –y de acuerdo a establecido en la actual Constitución para normar el proceso– el Servel contesta a las siguientes interrogantes:

- ¿Puede la convención cambiar el carácter de República del Estado de Chile?

No. El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

- ¿Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención?

Sí. Esas reclamaciones serán resueltas por cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo.

- ¿Un convencional constituyente puede postular a otro cargo?

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

- ¿Cómo será el plebiscito para aprobar o rechazar la nueva Constitución?

El Presidente de la República debe convocar al llamado Plebiscito de Salida, en el que por voto popular y sufragio obligatorio se definirá si se acepta o se rechaza el texto redactado por la Convención.

El voto tendrá la siguiente pregunta: “¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”. Abajo estará el espacio para marcar una de las dos preferencias: Apruebo o Rechazo.

El plebiscito se hará 60 días después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo convocante. Pero si la fecha cayera en un lapso de 60 días antes o después de otra elección popular, se retrasará hasta el domingo siguiente.

De aprobarse el texto el Presidente convocará al Congreso Pleno para que, en un acto público y solemne, se promulgue y se jure o prometa respetar y acatar la Nueva Constitución.

Por el contrario, si gana el Rechazo continuará vigente la Constitución de 1980.

FOTO: ATON.