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Estos son pasos que siguen en el Proceso Constituyente

La nueva Carta Magna se crearía a través de varias etapas que implican votaciones y búsqueda de acuerdos entre la ciudadanía y el Congreso.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 31 de diciembre de 1969

Este domingo se escogió a las 155 personas que redactarán la carta fundamental, la cual, por primera vez en la historia del país, será escrita con 17 personas de pueblos originarios y con paridad de género.

*Hemiciclo con el 79% de los votos escrutados.

Desde la reunión número uno, la cual aún no tiene fecha decidida, los constituyentes tendrán un plazo de nueve meses para presentar una nueva carta fundamental, pudiendo ser extendido por tres meses más. En las primeras reuniones se definirá además el funcionamiento de la Convención, lo que incluye el reglamento, la elección de un presidente o presidenta del organismo y un vicepresidente o vicepresidenta por mayoría absoluta de sus miembros. También se eligirá una secretaría técnica.

Lo que pueden y no pueden hacer los constituyentes

La Convención deberá aprobar las normas y el reglamento de votación por un quórum de dos tercios de sus miembros en ejercicio. La Convención no podrá alterar los quórum ni procedimientos para su funcionamiento y para la adopción de acuerdos.

En su sitio web –y de acuerdo a establecido en la actual Constitución para normar el proceso– el Servicio Electoral contesta a las siguientes interrogantes:

-¿Puede la convención cambiar el carácter de República del Estado de Chile?

No. El texto de Nueva Constitución que se someta a plebiscito deberá respetar el carácter de República del Estado de Chile, su régimen democrático, las sentencias judiciales firmes y ejecutoriadas y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

-¿Se podrá reclamar de una infracción a las reglas de procedimiento aplicables a la Convención?

Sí. Esas reclamaciones serán resueltas por cinco ministros de la Corte Suprema, elegidos por sorteo.

-¿Un convencional constituyente puede postular a otro cargo?

Los integrantes de la Convención Constitucional no podrán ser candidatos a cargos de elección popular mientras ejercen sus funciones y hasta un año después de que cesen en sus cargos en la Convención.

¿Se les pagará?

A los miembros se les asignó un sueldo de $2.589.900 mensual, además de las asignaciones que se establezcan en el reglamento.

Reglas internas y plazos

El reglamento y las normas que se establecerán en la convención deberán ser aprobadas por un quórum de dos tercios de sus miembros. En el caso de que se cometa una infracción en el proceso los miembros deberán llevar los reclamos ante cinco ministros de la Corte Suprema, los cuales serán electos por sorteo.

Una vez el texto de la Constitución esté redactado el Presidente de la República deberá convocar una elección denominada “plebiscito de salida”. A diferencia de las otras elecciones, este plebiscito será de carácter obligatorio y quienes no concurran a votar arriesgan una multa de hasta $155.394. El plebiscito se hará dos meses después de la publicación en el Diario Oficial del decreto supremo convocante por el presidente.

¿Aprueba usted el texto de Nueva Constitución propuesto por la Convención Constitucional?”, es la pregunta que contendrá el voto y la que se deberá responder marcando apruebo o rechazo. Pese a que aún no hay certezas de la fecha exacta del plebiscito, estas no podrán ser durante los meses de enero y febrero. En el caso que las fechas del plebiscito coincidan con los meses de verano, este será aplazado a marzo.

De aprobarse la nueva Constitución, el Presidente de la República convocará al Congreso para que se promulgue y se prometa respetar la nueva Carta Fundamental. En un plazo de 10 días, el texto se promulgará en el Diario Oficial para entrar en vigencia, lo que significa el fin de la Constitución de 1980. En el caso de que se rechace se mantendrá la Constitución actual.