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"Se lanzan fuegos de artificios, bombas de estruendo y bengalas": El duro castigo que podría sufrir la U tras informe arbitral

Piero Maza, juez del compromiso entre U. de Chile y Audax Italiano, informó sobre los incidentes ocurridos en el estadio Nacional.

24horas.cl

Lunes 18 de agosto de 2025

Una de las imágenes que marcaron el duelo entre Universidad de Chile y Audax Italiano fue el lanzamiento de fuegos de artificios, bombas de estruendo y bengalas desde la barra universitaria en el minuto 12 del encuentro. Todo esto a metros del pórtico de Gabriel Castellón. 

Tal situación no pasó desapercibida por Piero Maza. El juez del compromiso detuvo el partido por unos minutos y durante la presente jornada dio a conocer más detalles de lo ocurrido en el césped del estadio Nacional.

"En el minuto 12 del partido, se lanzan fuegos de artificios, bombas de estruendo y bengalas desde distintos sectores de la galería sur, donde se ubican hinchas de U. de Chile. Estos elementos caen en el sector del tiro de esquina sur- oriente del campo de juego, en el área del arquero del club local y en la pista de recortan", consignó en su informe arbitral. 

El castigo que arriesga la U

El artículo 48° del reglamento de la Liga de Primera, establece que "se prohíbe asimismo el uso de fuegos artificiales, extintores, bombas de ruidos, petardos, bengalas u otros elementos similares contemplados en la Ley de Control de Armas y explosivos".

Por su parte, el artículo 66° del Código de Procedimientos y Penalidades de la ANFP indica que lo anterior se define una "conducta impropia" que puede ser sancionada con:

  1. Amonestación al club
  2. Multa desde 10 a 500 UF
  3. Prohibición de ingreso de las personas, de una a cinco fechas, en partidos como local y/o visita, según lo determine el tribunal, que aparezcan como asistentes a las localidades en la que se produjeron los hechos de violencia.
  4. En caso de reincidencia, el tribunal puede sancionar con el cierre de las localidades de una a cinco fechas.
  5. Ingreso restringido de público al estadio, de una a cinco fechas. Para lo anterior, el tribunal podrá dar acceso a grupos, tales como: mujeres, menores de hasta 12 años, adultos mayores desde los 65 años y cualquier otro que determine el tribunal.
  6. Realización de uno a cinco juegos a puertas cerradas, con la excepción de las personas que autorice el Tribunal Autónomo de Disciplina, tales como dirigentes, equipos juveniles, funcionarios de la Asociación o de los clubes, equipos técnicos necesarios para la operación y transmisión del partido y/o cualquier otro que específicamente se autorice.

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