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Conoce en esta nota cómo cobrar las acreencias bancarias disponibles este 2014. Pon tus datos aquí y revisa si te corresponde recibir algún monto.

José Morgado

Miércoles 14 de mayo de 2014

Más de 28 mil millones de pesos se encuentran "olvidados" en los bancos.

La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) publicó este miércoles el registro de las acreencias bancarias que están afectas a caducidad en 2014, las que ascienden a 43.754.

Pero ¿qué son las acreencias bancarias sujetas a caducidad? Se trata de montos de dinero emitidos como cheques, vale vistas, depósitos a plazo o boletas de garantía u otro instrumento, que en algún momento fueron depositadas a nombre de una persona en una entidad bancaria y que nunca han sido cobradas por ella.

 

En el último informe del SBIF se detalla que en este año se publicaron 43.754 acreencias que están en 20 instituciones bancarias, las que totalizan más de 28 mil millones de pesos chilenos, además de 4 millones de dólares y más de 125 mil euros.

A continuación, pon tus datos y revisa si tienes dinero "perdido" en algún banco:

 

 

¿CÓMO COBRAR EL DINERO?

Cada titular puede realizar los trámites o puede asesorarse jurídicamente para ello.

Si la acreencia es -por ejemplo-  un vale vista que está nominativo, basta que el titular vaya al banco que informó la acreencia y con su cédula de identidad cobre los fondos por ventanilla.

Cuando la acreencia no está en su poder, deberá seguir un proceso en tribunales para recuperar el título y hacer exigible el dinero. En dichos casos sí puede ser necesario asesorarse por un abogado.

Dado que la información sobre las acreencias bancarias es de acceso público existen abogados que la consultan directamente en los bancos con meses de anticipación. Lo hacen para luego llamar o enviar cartas a las personas de los listados ofreciéndoles ayuda para regularizar esos bienes con un costo que podría bordear el 20% del monto rescatado.

Sin embargo, es importante tener presente que sólo para algunas acreencias se requiere asistencia jurídica. En la mayoría de los casos el propio titular puede realizar el trámite de manera sencilla y sin pagos asociados.

 

Para conocer TODOS LOS DETALLES sobre las acreencias bancarias, HAZ CLICK AQUÍ.

 

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