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Colusión en el mercado del pollo: TDLC acoge sanción de la FNE contra Cencosud, SMU y Walmart

La multa que deberán pagar las tres empresas supera en conjunto los $8.000 millones. Además, se ordenó a las requeridas la adopción de un programa de cumplimiento en materia de libre competencia. En tanto, Cencosud, SMU y Walmart rechazaron el fallo.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Jueves 28 de febrero de 2019

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), en decisión unánime, condenó a las cadenas de supermercados Cencosud, SMU y Walmart por haber ejecutado un acuerdo de colusión en el mercado de la carne de pollo fresca, aplicándoles una multa superior a $8.000 millones de pesos, correspondiente a 13.947 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

En su sentencia, el TDLC acogió la acusación formulada en enero de 2016 por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), que señaló que estas empresas mantuvieron, a través de sus proveedores, un acuerdo para fijar precios mínimos de venta de este alimento al menos entre 2008 y 2011, restringiendo la competencia en ese sector.

En su sentencia, el TDLC impuso una multa de 5766 UTA; a Cencosud, de 4743 UTA a Walmart, y de 3438 UTA a SMU, además de ordenar a las requeridas la adopción de un programa de cumplimiento en materia de libre competencia.

En su requerimiento, la Fiscalía sostuvo que, por medio de esta conducta, los supermercados estaban impedidos de vender carne de pollo fresca por debajo del precio de lista mayorista más IVA y que la coordinación entre las requeridas se dio a través de sus proveedores.

De esta forma, la FNE señaló que las cadenas "adhirieron conscientemente a un esquema común que sustituyó los riesgos de la competencia por una cooperación práctica entre ellas”, con el objetivo de “regularizar el mercado” y “evitar guerras de precios".

  • INVESTIGACIÓN "CASO POLLOS"

El mecanismo quedó al descubierto en el marco de la investigación realizada en el denominado "caso pollos", en el cual las avícolas Agrosuper, Ariztía y Don Pollo fueron condenadas en octubre de 2015 por la Corte Suprema a multas que totalizaron 74.000 UTA, equivalentes a más de US$ 55 millones de la época.

A partir de los indicios detectados en esas pesquisas, el 14 de diciembre de 2011 se llevó a cabo la entrada, registro e incautación en dependencias de los actores de la industria supermercadista. En esa diligencia fue posible recopilar diversos antecedentes (contenidos en equipos computacionales y respaldos de correos electrónicos) que dieron cuenta de los contactos sostenidos entre ejecutivos de las cadenas de supermercados y de las empresas proveedoras de pollos.

Los documentos revelaron que los primeros reclamaban por vía telefónica o por e-mail ante los segundos cuando detectaban que otra cadena se desviaba del acuerdo de no vender bajo el precio de lista mayorista. El objetivo de estas gestiones era que los proveedores actuaran como intermediarios, alertando a la otra cadena sobre el incumplimiento para que se ajustara a las directrices acordadas.

Para que el acuerdo funcionara, las cadenas requeridas monitorearon constantemente los precios de venta a público de la carne de pollo fresca de su competencia, tanto a través de personal interno como por medio de empresas externas contratadas para ese fin.

Tras la sentencia dictada hoy por el TDLC, las partes tienen un plazo de 10 días hábiles para presentar un recurso de reclamación ante la Corte Suprema.

La Fiscalía Nacional Económica reiteró que la colusión es el atentado más grave contra la libre competencia y un foco prioritario de su misión. Actualmente, la institución se encuentra evaluando el contenido de la sentencia dictada por el TDLC.

  • CENCOSUD NO COMPARTE RESOLUCIÓN DEL TDLC

Tan sóo algunos minutos después de aparecida la noticia sobre la resolución del TDLC, Cencosud emitió un comunicado en donde desmiente las acusaciones y reitera que "no ha participado en conductas anticompetitivas, por lo que reclamaremos ante la Corte Suprema para afirmar nuestra inocencia".

A su vez, en el conglomerado aseguran que "tanto la FNE como el TDLC calificaron erróneamente los hechos. Nuestra filosofía es y ha sido siempre competir firmemente en el mercado atendiendo el marco legal y el apego a la libre competencia".

Por último, destacaron que "lo que ha quedado demostrado y ha sido confirmado por la Corte Suprema en fallo anterior, es que los proveedores de carne de pollo se encontraban coludidos, lo que evidentemente afectó las condiciones de competencia de este producto".

  • SMU NIEGA PARTICIPACIÓN EN "ALGUNA COORDINACIÓN"

Posteriormente, la cadena SMU emitió una declaración en la cual afirman que son "una compañía que nació para competir" y por lo tanto, niega "rotundamente haber participado de alguna coordinación de precios con nuestros competidores".

Agregan que "A fines de 2007 ingresamos al negocio con una pequeña participación de mercado y desafiamos a la industria, introduciendo mayores niveles de competencia en un sector liderado por dos grandes cadenas".

Además sostienen que "La actual sentencia se contradice con aquella dictada por el TDLC y confirmada por la Corte Suprema en el denominado “caso pollos”, en donde se dejó claramente establecido que fueron los productores de pollo quienes se coludieron sin la participación de las cadenas de supermercados".

Finalmente indican que "Tenemos la más absoluta convicción de haber actuado correctamente por lo que reclamaremos ante la Corte Suprema para demostrar nuestra inocencia".

  • WALMART RECURRIRÁ A LA CORTE SUPREMA

La empresa Walmart Chile también entregó su declaración en la cual lamenta la decisión del TDLC e indicó que recurrirá a la Corte Suprema para demostrar que cumple con la normativa en materias de Libre Competencia.

Agregó que "Es importante destacar que el Tribunal de la Libre Competencia reconoció el programa de Compliance implementado por Walmart Chile, aunque le dio un carácter de atenuante de responsabilidad, y enfatizó en el fallo que estas conductas fueron realizadas previamente a la llegada de la operación de Walmart a Chile".

La compañía además sostiene que "Walmart opera con la convicción de haber hecho –y de seguir haciendo– todos los esfuerzos que han estado a su alcance para cumplir con la normativa de libre competencia. Tal convicción es fruto de un trabajo continuo por alinear preventiva y permanentemente las prácticas y cultura institucional de una empresa que cuenta con más de 51 mil colaboradores en todo el país".