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Conoce todo sobre el proyecto que rebaja las contribuciones

El Presidente de la República anunció el envío de una iniciativa que busca beneficiar a cerca de 34 mil adultos mayores. Revisa los requisitos y en qué consiste exactamente la ayuda.

José Morgado

Miércoles 13 de noviembre de 2013

Este miércoles, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, anunció el envío de un importante proyecto de ley al Congreso.

Se trata de la iniciativa de Rebaja Tributaria a Adultos Mayores, la que -de aprobarse en el Parlamento- beneficiará a cerca de 34 mil personas, lo que corresponde a un 60% de los más vulnerables de ese sector.

A continuación, revisa en 24Horas.cl los requisitos y en qué realmente consiste la ayuda:

¿QUÉ IMPUESTO SE REBAJA?

La medida disminuirá o eliminará el pago de las contribuciones de bienes raíces, que son un impuesto al patrimonio de una persona y no a sus ingresos.

Según han explicado en el Gobierno, esto lo hace un impuesto muy injusto para quienes están en una etapa de su vida en que tienen ingresos bajos -porque están retirados y reciben una pensión- con muchos gastos propios de su edad y a los que además se les pide pagar sus contribuciones.

De los cerca de 34.000 adultos mayores beneficiados, algo más de 18.600 quedarán completamente exentos del pago de contribuciones y el resto tendrá un pago de contribuciones que por año alcanzará como máximo al 10% de sus ingresos anuales.

¿QUIÉNES SON BENEFICIADOS?

Las personas beneficiadas deben cumplir los siguientes requisitos:

- Ser hombre mayor de 65 años o mujer mayor de 60 años.

- Tener ingresos mensuales promedios menores a aproximadamente $550.000.

- Tener propiedades en que la suma de los avalúos no supere MM$100 y se aplicará sólo a una propiedad (la de mayor valor, que no puede superar MM$100).

¿CÓMO SE HARÁ EFECTIVA LA AYUDA?

Una vez que los parlamentarios le den el visto bueno, el beneficio se aplicará automáticamente, ocupando la información de la Operación Renta del año en curso. Así, se emitirán las cuotas 3 y 4 de ese año y las cuotas 1 y 2 del año siguiente, con un descuento total equivalente al monto anual del beneficio distribuido uniformemente en estas 4 cuotas.