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Ley de Estacionamientos: Resuelve tus dudas y conoce los beneficios para los usuarios

Revisa los puntos claves que regirán a partir de este miércoles 15 de febrero.

24Horas.cl TVN

Lunes 13 de febrero de 2017

A partir de este miércoles 15 de febrero comenzará a regir la nueva Ley de Estacionamientos (20.967), normativa que tras una extensa discusión en el Parlamento, logró ver la luz el pasado 14 de septiembre en el Senado por 26 votos a favor y 2 en contra y 1 abstención, y promulgada el pasado 4 de noviembre de 2016.

La legislación trae consigo un cambio en la forma en que se cobra por el servicio, eliminando por completo la gratuidad, regularizando tiempos y eliminando multas, entre otros factores.

 

FORMAS DE COBRO

A partir de este miércoles existirán dos maneras de cobro por estacionamiento en periodos inferiores a 24 horas:

1) POR MINUTO EFECTIVO: Esto implica que el cobro debe ser cursado por el tiempo exacto en que la persona estuvo en el estacionamiento.

2) COBRO POR TRAMO: Este tipo de cobro consiste en cancelar según las tarifas asociadas a los tramos determinados por el estacionamiento, y no puede ser inferior a media hora (30 minutos). Luego cada cobro es por 10 minutos, sin posibilidad de cobro por un tiempo inferior.

Por ejemplo, si usted ocupa sólo 15 minutos en un estacionamiento que cobra por tramos, deberá pagar la media hora completa.

REDONDEAR "A LA BAJA"

La Ley establece que cualquiera sea la modalidad de cobro que utilice el proveedor del servicio de estacionamientos, no podrá, bajo circunstancia alguna, redondear o aproximar la tarifa al alza.

Esto quiere decir que, si el cobro efectivo por minuto marca $498, el proveedor no podrá cobrar $500 pesos. Siembre debe ser redondeo "a la baja".

 

RESPONSABILIDAD DEL RECINTO

Los letreros con frases como "el recinto no se hacen responsable por daños u hurtos que puedan ocurrir al vehículo" deberán ser parte del pasado, y aunque se mantengan escritos, no tendrán validez.

"Cualquier declaración del proveedor en orden a eximir o a limitar su responsabilidad por hurtos, robos o daños ocurridos con ocasión del servicio no producirá efecto alguno y se considerará como inexistente" (Ley 20.967).

Esto, porque la nueva ley exige que los proveedores tengan responsabilidad civil de este tipo de hechos que puedan ocurrir durante el tiempo en que el vehículo está en el estacionamiento, independiente de la responsabilidad infraccional que corresponda.

ELIMINA MULTAS POR PÉRDIDA DE TICKET

El cobro por pérdida de ticket ya no será un dolor de cabeza para los usuarios. Esto, porque hoy las multas pueden llegar hasta los 10 mil pesos por el extravío del voucher, lo que a partir del miércoles no seguirá existiendo.

La nueva ley establece que la pérdida del ticket no puede ser sancionado con una multa.

"Corresponderá al proveedor consultar sus registros con el fin de determinar de manera fehaciente el tiempo efectivo de utilización del servicio, debiendo cobrar, en tal caso, el precio o tarifa correspondiente a éste, quedando prohibido cobrar una tarifa prefijada, multas o recargos" (Ley 20.967).

GRATUIDAD Y SERVICIOS DE EMERGENCIA

Existen sólo dos maneras posibles en que un estacionamiento no aplique cobros:

1. CRITERIO DEL PROVEEDOR:  La aplicación de la gratuidad en el estacionamiento quedará a juicio de los proveedores de este servicio, a quienes la ley faculta de no aplicar cobros en periodos de uso.

2. SERVICIOS DE EMERGENCIA: Los prestadores de salud como Clínicas u Hospitales no podrán hacer cobro del servicio cuando los estacionamientos sean utilizados con ocasión de servicios de urgencias o emergencias, y durante el tiempo que ésta dure. 

Tampoco se podrá hacer cobro a pacientes que presenten dificultad física permanente o transitoria para su desplazamiento, lo cual deberá ser acreditado por un profesional de la salud.

PARQUÍMETROS

La normativa aclara que en la vía pública donde esté permitido estacionar, la normativa establece sólo los siguientes tres puntos:

  • Cobro por tiempo exacto o por tramos

  • Redondeo de tarifa "a la baja"

  • Posibilidad de fijar un periodo de uso sin cobro

"No se podrá exigir al usuario, bajo circunstancia alguna, el pago por rangos o tramos de tiempo superior o distinto del tiempo efectivamente utilizado" (Ley 20.967)

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Foto: Agencia Uno