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Sernac explica los aspectos que hay que tener en cuenta al comprar una vivienda

Exigir que se ajusten los contratos en caso de cláusulas abusivas y que se paguen compensaciones en caso de que las inmobiliarias no cumplan lo prometido en su publicidad, son algunos de los derechos que tienen los consumidores en el mercado inmobiliario.

24Horas.cl TVN

Jueves 25 de agosto de 2016

Desde el Servicio Nacional de Consumidor (Sernac) entregaron una serie de recomendaciones para que los consumidores tengan claridad de sus derechos al momento de adquirir una vivienda.

Para ello el director nacional del organismo, Ernesto Muñoz, lanzó la campaña informativa "Tus derechos en el mercado inmobiliario", en donde explican cuáles son los servicios que deben cumplir las empresas inmobiliarias.

DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

  • Que se cumpla al pie de la letra todo lo prometido, por ejemplo, con los plazos de entrega y las características de la vivienda, así como las promociones, ofertas y los stocks informados de vivienda disponible a la venta.
  • Recibir información veraz y oportuna. Esto significa que las empresas no debe omitir ningún aspecto relevante, antes, durante y después de la compra. Por ejemplo, la eventual construcción de una autopista a futuro, posibles accesos a estaciones de metro o acceso a centros comerciales.
  • El consumidor tiene derecho a conocer el precio final, con todos los cargos incluidos.
  • Lo que la inmobiliaria promete en su publicidad, se entiende incorporado al contrato de compra-venta. Por ejemplo, si la empresa promete determinados metros cuadrados, áreas verdes, sala de eventos, piscina, seguridad u otras características como el tamaño, o incluso determinada “vista”, es eso lo que el consumidor tiene derecho a recibir.
  • Cuando las inmobiliarias no cumplen la ley, los consumidores tienen derecho a reclamar y exigir las compensaciones que correspondan.

LEY DE CALIDAD DE LA VIVIENDA

  • En las terminaciones, durante los primeros 3 años desde la fecha de la inscripción del inmueble a nombre del comprador en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.
  • En las instalaciones durante los primeros 5 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra.
  • Estructurales durante los primeros 10 años desde la fecha de la recepción definitiva de la obra

Asimismo, la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) prohíbe que existan cláusulas abusivas en los contratos, y el mercado inmobiliario no es la excepción.

¿QUÉ ES UNA CLÁUSULA ABUSIVA?

Las cláusulas abusivas son aquellas, cuya incorporación viene impuesta por las empresas, que van en contra de la buena fe o que producen un grave desequilibrio en los derechos y obligaciones del consumidor.

Por ejemplo, es abusiva una cláusula que establece que la empresa puede cambiar las condiciones ofrecidas en forma unilateral, no establece fecha de entrega de una propiedad, cuando declara en el contrato no hacerse responsable ante incumplimientos o atrasos, o se exime absolutamente de responsabilidad frente a hechos que son parte de su deber de profesionalismo.

Asimismo, son disposiciones abusivas cuando las inmobiliarias establecen en los contratos que el futuro comprador declara conocer y aceptar, en todas sus partes, los planos y las especificaciones técnicas de la construcción; el metraje; los permisos de las autoridades; entre otros aspectos; sin haber siquiera proporcionado estos antecedentes a los consumidores.

También cuando la empresa obliga al futuro comprador a renunciar a su derecho a reclamo a través de una cláusula establecida en el contrato.

Ante este tipo de situaciones, los consumidores tienen derecho a exigir que las empresas ajusten sus contratos. En caso de no obtener respuesta, pueden reclamar ante el Sernac, organismo que incluso podría denunciar esta situación a la justicia.

RECOMENDACIONES AL COMPRAR UNA VIVIENDA

El Sernac indicó que al momento de comprar una vivienda, un buen consejo es guardar los soportes publicitarios, los que le servirán para saber qué exigir y tener las pruebas en caso de cualquier incumplimiento.

En el caso de las compras en verde, la Ley de Calidad de la Vivienda exige una póliza de seguro a la empresa que garantiza al consumidor la recuperación del dinero pagado en caso de que no se realice el proyecto.

Para tener mayor certeza, el Sernac recomienda:

Solicitar toda la toda la información relevante del proyecto, antes incluso de hacer una reserva en dinero. Esto incluye al menos:

  • Planos de planta con detalle de superficie, especificando qué significa útil.
  • Especificaciones técnicas de artefactos, terminaciones, materialidad.
  • Especificación de orientación, vistas y emplazamiento.

Las superficies deben ajustarse a lo vendido, y en caso de existir diferencias, los consumidores deben ser compensados  por la inmobiliaria,  esto, sin perjuicio de las sanciones que contempla la LPC.

Los plazos de entrega deben respetarse. Actualmente la demora en la entrega es uno de los motivos que concentra la mayoría de los reclamos ante el Sernac.  El llamado a los consumidores es negociar contratos con multas en caso de atrasos,  esto, sin perjuicio que frente a los incumplimientos se deben aplicar las sanciones e implementar las acciones reparatorias que contempla la Ley del Consumidor.

Foto: Agencia Uno