Click acá para ir directamente al contenido

CEPAL y UNICEF abogan por el derecho al tiempo libre de niños y adolescentes de la región

Según la edición 19 del boletín desafíos, el espacio de esparcimiento para niños y adolescentes en América Latina y el Caribe "se está haciendo cada vez más escaso".

24Horas.cl TVN

Viernes 9 de septiembre de 2016

La Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) manifestaron su apoyo al derecho de niños y adolescentes de la región a realizar actividades de esparcimiento.

Según consignan en la edición 19 del boletín desafíos, "pese a la asociación entre el esparcimiento y el bienestar, en nuestras sociedades actuales -aceleradas, hiperconectadas, llenas de presiones y enfocadas en la productividad- este espacio imprescindible para el desarrollo sano de las niñas, niños y adolescentes se está haciendo cada vez más escaso".

Agregan que el derecho al esparcimiento, entendido como un tiempo de crecimiento personal, creación, recreación y participación en la sociedad, está explícitamente mencionado en el artículo 31 de la Convención sobre los Derechos del Niño (1989), ratificado por todos los países de América Latina y el Caribe.

ECUADOR, MÉXICO Y PERÚ

Para esta publicación, ambos organismos de las Naciones Unidas indagaron en las actividades de esparcimiento que realizan las y los adolescentes de Ecuador, México y Perú.

Los resultados arrojaron que "Necesidades y cuidados personales" es la categoría que demanda en promedio la mayor cantidad de horas semanales en estos tres países.

Le siguen las actividades relacionadas con el aprendizaje y la educación, a las que las mujeres y varones adolescentes dedican unas 40 horas por semana, sin que se observen brechas significativas entre ellos.

En tanto el trabajo, tanto remunerado como no remunerado, es otra de las actividades que ocupa una parte importante del tiempo de las y los adolescentes, lo cual preocupa a ambos organismos de las Naciones Unidas.

En los tres países analizados, la edad mínima legal para trabajar son los 15 años y, por lo tanto, el trabajo realizado entre los 12 y los 15 años es considerado trabajo infantil y está prohibido. Para las actividades definidas como "las peores formas de trabajo infantil", tanto por el Convenio 182 de la OIT como por las legislaciones nacionales de los países, dicha prohibición se extiende hasta los 18 años.

Asimismo, se determinó que ver televisión es la actividad que más tiempo ocupa de las horas libres tanto de los adolescentes varones como de las mujeres. Por otra parte, aquella donde existe una más amplia y consistente diferencia, a favor de ellos, es la práctica de ejercicios o de algún deporte.

"Este patrón emerge de un contexto cultural que valora y premia la participación masculina en actividades deportivas, no así la de las niñas", apunta el boletín.

Foto: AFP