La Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró fundada la demanda de María Benito, paciente con esclerosis lateral amiotrófica que rechazó un tratamiento médico que prolonga su vida artificialmente y acceder así a una "muerte digna".
Con este fallo, Benito, de 67 años, podrá ser desconectada del respirador artificial que le mantiene con vida, y la Corte Superior de Justicia ordenó al seguro social de salud (EsSalud) que la paciente puede decidir cuándo quiere que se lleve a cabo esta acción.
Además, la Corte Superior dispone que EsSalud tendrá que designar un médico para que aplique un sedante paliativo y así evitar el sufrimiento de María, que desde hace cinco años vive postrada en la cama y recientemente ha perdido la vista.
"Este fallo trascendental es inapelable (...) la decisión deja claro que el retiro del ventilador mecánico no es una eutanasia y no es delito", señaló Josefina Miró, una de las abogadas de la mujer, puesto que EsSalud argumentó que lo que pedía Benito respondía a este procedimiento, que es ilegal en Perú.
"María aún no puede creer el fallo. Está feliz", agregó la abogada, quien le trasladó que "después de tanto sufrimiento, al fin podrá descansar".