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Acogen recurso por maltrato a menor en centro del Sename

La medida fue presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) a favor de un menor de 16 años, quien fue maltratado luego de oponerse a ser trasladado.

Constanza Solis

Martes 4 de marzo de 2014

La noche del 6 de enero pasado, un menor de 16 años identificado con iniciales C.N.M.M, se encontraba cumpliendo su internación en régimen cerrado en la casa 2 del CIP CRC San Bernardo.

Un profesora le solicitó al joven que se cambiara de dormitorio, situación que fue resistida por el menor explicando una mala relación con sus compañeros de pabellón y pieza, explicando que prefería dormir solo.

Este habría sido el contexto en que el menor fue maltratado por parte de funcionarios de Gendarmería, según explica el fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel tras acoger el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH).

"Al minuto de que ella se retirara entraron dos funcionarios de gendarmería a los que les dicen 'Valladares' y 'Calamardo', quienes le indicaron que tenía que cambiarse de pieza. Señala que se negó sin levantarles la voz ni faltarles el respeto pero que lo sacaron hacia el patio de la casa 2 y le ordenaron hacer “sentadillas”, a lo que también se negó. Que le tiraron gas en la cara, no sabe cuál de los dos funcionarios,  con lo que no podía ver y le costaba respirar y que lo golpearon con pies y palos en la espalda y estómago por unos segundos, resultando con moretones, mucho dolor en la espalda y una herida en la frente que luego cicatrizó".

Las agresiones fueron comprobadas y tratadas en el Hospital Parroquial de San Bernardo, respaldando la sentencia que estableció un actuar arbitrario por parte de los funcionarios.

"En consecuencia, las lesiones que el menor presenta fueron ocasionados por terceros dentro de un recinto carcelario dependiente del organismo técnico  como lo es Gendarmería de Chile" explica el fallo.

La determinación establece que "Gendarmería de Chile debe propender a otorgar el apoyo psicológico pertinente para restablecerlo por los hechos sufridos, tomando las medidas necesarias que eviten la repetición de lo ocurrido, prestando especial atención a la situación del amparado, adoptando en su oportunidad y eventualmente las medidas conducentes a mantener y cautelar los derechos del interno que pudieren verse conculcados".

Foto: Referencia archivo Agencia Uno