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Caso Cascadas: Tribunal entrega sentencia absolutoria de Aldo Motta ejecutivo de SQM

El fallo del tribunal liberó de responsabilidad al gerente general del grupo de empresas SQM de los ilícitos que, según la fiscalía y los querellantes, se cometieron a través de operaciones ficticias de títulos.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Lunes 24 de febrero de 2020

El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago comunicó la sentencia absolutoria en el juicio seguido en contra de Aldo César Motta Camp, de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público y querellantes particulares, que lo sindicaban como autor de infracciones a la ley sobre el mercado de valores.

En fallo dividido el tribunal –integrado por los jueces Cristián Soto Galdames, Laura Andrea Assef Monsalve y José Ramón Flores Ramírez – liberó de responsabilidad al gerente general del grupo de empresas SQM de los ilícitos que, según la fiscalía y los querellantes, se cometieron a través de operaciones ficticias de títulos SQM-A, SQM-B y Calicheras-A, acciones que fueron transadas en bolsa, entre 2009 y 2011.

"Que se absuelve a Aldo Motta Camp de los hechos comprendidos como casos 1, 2, 3, 4, 5 y 6, asimismo, del señalado en el segundo grupo de hechos, que correspondería al ilícito previsto en el artículo 59 letra a) de la LMV", consigna el fallo.

 

  • Desprolijidad

Decisión de absolución que se basó, en la extensa prueba rendida en el juicio, que permitió al tribunal, para la mayoría: "concluir que respecto de los libros de sesiones de directorio tenidos a la vista de las sociedades de Inversiones Oro Blanco S.A., de Pampa Calichera S.A. y de Norte Grande, han sido llevado de una manera totalmente descuidada, puesto que a lo menos hasta la fecha en que fueron tenidos a la vista por funcionarios de la consultora PWH, 30 de junio de 2011, como se dejó constancia en los papeles de trabajo durante la visita de revisión limitada y de acuerdo a lo dicho por el testigo Díaz Chandía, siendo claro al respecto, que es en esa oportunidad y en esa fecha que se tienen a la vista los libros de las sociedades auditadas para hacer el resumen de las actas que se incorporan a los papeles de trabajo".

 

Sin embargo, el delito que se le imputó al acusado Aldo Motta Camp, es el de ‘proporcionar maliciosamente antecedentes falsos a la Superintendencia, a una bolsa de valores o al público en general, para los efectos de lo dispuesto en la ley de Mercado de Valores' y es ese delito el que se investigó", añade.

"En consecuencia, no se le acusó, ni se investigó una posible falsificación de instrumento privado, como sería el caso de la falsificación de actas de sesiones de directorio de una sociedad anónima, que, además, requeriría perjuicio, en el caso de verificarse", afirma la resolución.

"Por lo tanto, no habiéndose acreditado responsabilidad del acusado, de conformidad a la que se le atribuía en la acusación, esto es, la de autor de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 N ° 1 del Código Penal, no queda más que absolver a Aldo Motta Camp, por el delito ya mencionado", concluye.

Decisión adoptada con el voto en contra del juez Soto Galdames, quien "estimó que las transacciones de acciones contenidas en los casos 1, 2, 3, 4 y 5 del primer grupo de la acusación y de la acusación particular constituyen un conjunto de operaciones bursátiles ficticias que atentaron gravemente en contra del correcto funcionamiento del mercado de valores chileno conforme al artículo 53 inciso 1° de la ley N° 18.045, siendo posible reprochar penalmente como autor ejecutor (artículo 15 N° 1 del Código Penal) al acusado Aldo Motta Camp en los casos 4 y 5 denominados operaciones pre Linzor y Linzor durante el proceso".

Con información del Poder Judicial