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Condenan a centro médico por tardía notificación de examen de SIDA

Medi-Matic deberá cancelar al demandante una indemnización de 20 millones de pesos.

Jorge Miranda

Miércoles 7 de agosto de 2013

La  Corte Suprema rechazó un recurso de casación presentado en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenó a un centro médico a pagar una indemnización por notificar tardíamente de los resultados de un examen de VIH-SIDA positivo a un paciente.

En fallo unánime los ministros de la primera sala del máximo tribunal del país ratificaron la sentencia que condenó al centro Medi-Matic S.A., ligado a la isapre Colmena Golden Cross, a pagar 20 millones de pesos al demandante, un ejecutivo de una compañía de seguro que concurrió el 23 de agosto de 2007 al centro médico por una urticaria generaliza.

En el establecimiento sanitario se ordenó la realización de diversos exámenes de sangre, entre ellos el de VIH-SIDA, sin embargo, no se le notificó el resultado positivo de este último. Enterándose de ello un año y medio después, cuando concurrió a otro centro médico.

El fallo de la Corte Suprema ratifica la responsabilidad por "culpa infraccional" al contrato de atención suscrito entre el centro médico y el demandante.