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Conoce los cambios que establece la "Ley Super 8"

A partir de este martes, las empresas tienen un plazo máximo de 18 meses para implementar todas las modificaciones en el etiquetado de sus alimentos.

José Morgado

Martes 17 de diciembre de 2013

Popularmente conocida como la "Ley Super 8", la normativa sobre Composición Nutricional de los Alimentos y su Publicidad comenzó a regir este martes.

La iniciativa ya había sido aprobada en julio de 2012, pero estaba a la espera de la elaboración del Reglamento de Etiquetado de los Alimentos, el que ya apareció publicado en el Diario Oficial.

Desde el Colegio Santo Tomás de Ñuñoa, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, y el ministro de Salud, Jaime Mañalich, entregaron detalles de la ley que busca frenar la obesidad infantil.

Los cambios en los productos con grasas deberán ser implementados por las empresas en un plazo máximo de seis meses, mientras que en los alimentos altos en azúcares y sodio hay un plazo de 18 meses. 

La modificaciones son:

- Dispone que los fabricantes, productores, distribuidores e importadores de alimentos deberán informar en sus envases los ingredientes que contienen, incluyendo todos sus aditivos y su información nutricional. Deberán contener una advertencia, mediante un hexágono verde, rojo o azul, que identifique a ese producto. Por ejemplo: "Alto en Azúcares", "Alto en Calorías" o "Alto en Sal y Grasas"

- Prohíbe la comercialización de alimentos altos en grasa, sal y azúcar en los establecimientos de educación parvularia, básica y media

- Prohíbe la publicidad de estos alimentos y la entrega de regalos como gancho para la venta de alimentos destinados a los menores de 14 años

- Obliga a que en toda la publicidad de los alimentos envasados que contengan un alto contenido de azúcares, sales o grasas, el productor tenga que poner un mensaje positivo, que va a ser comer sano y hacer ejercicio es bueno para la salud

- El Reglamento considera 30 tipos de productos, considerados "Altos en…", entre los cuales están las leches saborizadas, yogurt endulzado, mantequilla y margarina, helados, masas horneadas, cereales para el desayuno, confites y dulces, refrescos en polvo y bebidas gaseosas. Dicha rotulación se aplicará al 90% de los snacks salados y las bebidas gaseosas con azúcar; al 89% de las galletas y snacks dulces; al 87% de las barras de cereal; al 79% de los helados; y al 70% de los cereales para el desayuno.

"Podemos hacer un enorme esfuerzo para mejora la salud en nuestro país, construir más hospitales y consultorios, pero nada de eso va a ser fecundo y fructífero si no tomamos conciencia que el principal médico de nosotros mismos somos nosotros mismos y que siempre es mejor prevenir que curar", expresó el Mandatario.

REVISA EL DETALLE DE LA NORMATIVA: