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Corte de San Miguel rechazó recurso de amparo presentado por imputado atentados explosivos

Con esta determinación de la justicia, Camilo Gajardo Escalona deberá permanecer en prisión preventiva.

Agencia Uno

Miércoles 21 de agosto de 2019

Este miércoles, la Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Camilo Gajardo Escalona, imputado como autor de seis delitos de carácter terrorista de envío de artefacto explosivo, colocación y activación de artefactos incendiarios y explosivos. 

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada sanmiguelino rechazó el recurso deducido en contra del juez del 12° de Juzgado de Garantía de Santiago, que ordenó la detención y decretó la prisión preventiva de Gajardo Escalona, quien además está imputado por homicidio frustrado y lesiones. 

Todos estos ilícitos los abría perpetrado entre 2017 y 2019, en distintos puntos de la Región Metropolitana. 


"Teniendo presente que contrariamente a lo aseverado por la recurrente, de acuerdo a la normativa que regula la materia, no es posible avizorar los vicios o defectos denunciados y menos aún la infracción a alguna norma constitucional, desde que ciertamente el amparado concurrió debidamente asistido por su defensa letrada a la audiencia de control de detención, formalización e imposición de la medida cautelar de prisión preventiva, lo que desvanece las alegaciones relativas a la afectación del derecho a defensa y por ende al debido proceso", sostiene el fallo. 

La resolución agrega además que "en cuanto a la supuesta ilegalidad de la resolución que dispuso la prisión preventiva del amparado, justificada en el resultado de diligencias de investigación realizadas con vulneración al debido proceso, tal como se ha señalado en lo que precede, no apareciendo del mérito de los antecedentes allegados atisbo alguno de infracción al debido proceso", precisa la resolución. 

Con esta determinación Gajardo Escalona deberá permanecer en prisión preventiva.

Revisa el fallo: