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Corte falla a favor del MOP por sanción contra Zañartu Consultores por puente Cau-Cau

A raíz de la sentencia, la empresa consultora quedará suspendida por un año del Registro de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas, tal como lo había determinado anteriormente la comisión de dicho registro.

24Horas.cl TVN

Martes 20 de septiembre de 2016

Por unanimidad, la Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor del Ministerio de Obras Públicas (MOP) ratificando la sanción contra Zañartu Ingenieros Consultores, por su rol de asesoría de inspección fiscal en la construcción del puente Cau-Cau.

De este modo, la empresa consultora quedará suspendida por un año del Registro de Contratistas del Ministerio de Obras Públicas, tal como lo había determinado anteriormente la comisión de dicho registro.

El fallo de la Corte indica que la sanción se ajusta a derecho y fue legalmente aplicada. Además, afirmó que la medida "se encuentra debidamente fundada".

"Las potestades sancionadoras de la Comisión de Registro fueron ejercidas dentro del control que cabe realizar en la ejecución de una obra", enfatizó.

Junto con ello, indicó que la sanción "no es ilegal ni arbitraria, por lo que mal se pueden haber transgredido derechos fundamentales como se ha sostenido en la acción".

Al respecto, el ministro de Obras Públicas, Alberto Undurraga, manifestó que "el fallo de la Corte de Apelaciones reafirma la ruta trazada por el Ministerio de Obras Públicas, en el sentido que todos los responsables en la falla del puente Cau-Cau deben ser sancionados y reafirma la potestad sancionadora del Ministerio".

Foto: Agencia Uno