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Corte Interamericana de DD.HH. condena a Chile por violar derechos de mapuche

Según la instancia, se violaron principios de legalidad y presunción de inocencia de ocho mapuche condenados por la Ley Antiterrorista. Se ordena al Estado que entregue reparaciones a los involucrados.

24Horas.cl TVN

Miércoles 30 de julio de 2014

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) responsabilizó este martes al Estado chileno de violar los principios de legalidad y presunción de inocencia de ocho mapuche condenados por la Ley Antiterrorista.

La instancia se refiere a los procesos contra Aniceto Norín Catrimán, Pascual Pichún Paillalao, Florencio Jaime Marileo Saravia, José Huenchunao Mariñán, Juan Marileo Saravia, Juan Ciriaco Millacheo Licán, Víctor Ancalaf Llaupe y la activista Patricia Troncoso Robles, conocida con el apodo de "La Chepa", todos involucrados en el caso sometido a la instancia el 7 de agosto de 2011.

"La Corte concluyó que Chile violó el principio de legalidad y el derecho a la presunción de inocencia en perjuicio de las ocho víctimas de este caso por haber mantenido vigente y aplicado el artículo 1° de la Ley N° 18.314 que contenía una presunción legal del elemento subjetivo del tipo terrorista", señaló un comunicado de la instancia.

Los ocho detenidos fueron condenados a penas de entre cinco y diez años por los delitos de incendio y tentativa de incendio, los que fueron calificados de terroristas y ocurrieron en los años 2011 y 2002 en las regiones del Biobío y La Araucanía.

En ese contexto, la corte señaló que en la fundamentación de las sentencias se utilizaron "razonamientos que denotan estereotipos y prejuicios", configurando una violación del principio de igualdad y no discriminación, y el derecho a la igual protección de la ley.

Además, se determinaron violaciones a las garantías judiciales como el derecho de la defensa a interrogar testigos y recurrir los fallos penales; la libertad personal; de pensamiento y expresión; y los derechos políticos.

A modo de reparación, se ordena que el Estado chileno debe adoptar "todas las medidas judiciales, administrativas o de cualquier otra índole para dejar sin efecto, en todos sus extremos, las sentencias penales condenatorias emitidas en contra de las ocho víctimas".

También se ordena otorgar becas de estudio en instituciones públicas chilenas a los hijos de las víctimas que lo soliciten y pagar indemnizaciones por los daños materiales y inmateriales causados a los demandantes.