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Corte Suprema multa a supermercado por robo de auto en su estacionamiento

El Máximo Tribunal ordenó que Líder pague 500 mil pesos a la consumidora afectada y 10 unidades tributarias mensuales en una multa.

Francesca Cassinelli

Lunes 27 de abril de 2015

La Corte Suprema ratificó que la cadena de supermercados Líder debe pagar a una consumidora 500 mil pesos, luego que sufriera el robo de un maletín con algunas de sus joyas desde su auto, que estaba en el estacionamiento del recinto.

La mujer fue a un local de la cadena en la ciudad de Quillota y, al volver a su vehículo, notó que la chapa había sido forzada y su maletín ya no estaba.

Tras esto se contactó con el jefe de local del supermercado para llamar a Carabineros para hacer la denuncia correspondiente.

La consumidora interpuso luego un reclamo en el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) por la falta de medidas de prevención de delitos, ante lo que Líder respondió que no se haría responsable por el robo.

Un tribunal local determinó que Líder infringió la Ley del Consumidor al actuar de forma negligente en cuanto a las medidas de seguridad para evitar el robo; situación que fue revocada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que falló a favor de la empresa.

 Sin embargo, el Sernac presentó un recurso de queja a la sentencia del tribunal de alzada y señaló que si bien los funcionarios de Líder apoyaron a la mujer llamando a Carabineros, el recinto no contaba con medidas de seguridad para prevenir robos.

Ernesto Muñoz, director del Sernac, indicó al respecto que "los consumidores tienen derechos en los estacionamientos, ya sea un servicio pagado o gratuito".

La Corte Suprema acogió este último recurso y condenó al supermercado a pagar 500 mil pesos a la consumidora, además de una multa de 10 UTM (unos 430 mil pesos) por infringir la Ley del Consumidor.

Foto: Agencia Uno.