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Suprema muestra rechazo

Pleno muestra su "absoluto rechazo" a críticas de María Ignacia Benítez por fallo contra Central Castilla.

Carlos Serrano

Martes 11 de septiembre de 2012

Total, absoluto y decidido rechazo" a las críticas de la ministra de Medio Ambiente, María Ignacia Benítez, al fallo contra la Central Castilla.

Es lo que ha hecho público este martes el Pleno de la Corte Suprema, que se reunió de manera extraordinaria para tratar los polémicos comentarios surgidos desde el seno del Ejecutivo tras conocerse el dictamen contrario a la construcción de la polémica termoeléctrica.

Asimismo, se aseguró que las palabras "han sobrepasado la crítica y afectan a la independencia" de los tribunales.

De la reunión, convocada para las 8.00 de la mañana y que duró una hora, se inhabilitaron los ministros integrantes de la Tercera Sala, que fallaron de forma unánime contra la construcción de la Central Castilla. Así, de los 12 integrantes que deliberaron, cuatro de ellos eran suplentes.

La reunión se convocó de emergencia tras las duras críticas vertidas por la ministra tras la publicación del fallo de la Suprema que declaraba ilegal el proyecto termoeléctrico Castilla por haberse presentado por separado las obras de construcción del puerto y de las centrales. Una decisión, finalmente, sobre la forma y no el fondo de la cuestión.

"En concreto, la señora Ministra de Estado profirió, entre otras, las siguientes expresiones: “Al decir el fallo que no se evaluó una parte y que todo debe evaluarse en conjunto, está refiriéndose a un tema que es de competencia de la administración (…) Sustituir al organismo técnico es lo que no corresponde y acá la institucionalidad queda en entredicho”. “A mi juicio la Corte no debiera calificar, porque el único encargado de calificar y con la competencia para hacerlo es la autoridad sanitaria (…) Creo que la Corte no tiene la competencia técnica en esos temas para decir que esto es contaminante o no”. “Yo me pregunto qué garantía constitucional se está violando al ingresar un proyecto que todavía no se ha terminado de evaluar. No puede haber a mi juicio una vulneración de una garantía constitucional. Imagínate un proyecto que tiene que pasar por una evaluación lleno de actos intermedios, la incertidumbre es tremenda si en cada uno de ellos se puede presentar un recurso, sobretodo si aún no se ha terminado de evaluar”, sostiene el comunicado emitido por el Pleno tras la reunión.

El Pleno destaca que, tal como establece la Constitución Política de la República, “la facultad de conocer las cusas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Agrega la norma que ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos”.

También sostiene que “el derecho a formular críticas respecto de las actuaciones de los órganos del Estado se encuentra constitucionalmente resguardado y esta Corte Suprema por cierto velará para que nada obste a su legítimo y libre ejercicio, dentro de los marcos que han delimitado la Constitución y las leyes”.

No obstante lo anterior, señala la declaración, “del tenor de las declaraciones de la señora Ministra del Medioambiente puede concluirse que éstas no han importado crítica, sino que constituyen derechamente una intromisión indebida e inaceptable en las atribuciones que exclusiva y excluyentemente la Constitución Política entrega a los tribunales de justicia".

El Pleno agregó que las afirmaciones vertidas por la ministra Benítez “van inequívocamente dirigidas en el sentido de desconocer a la jurisdicción competencia para revisar la legalidad de los actos de la Administración, en este caso específico, de la autoridad ambiental”.

Finalmente el Pleno de la Corte Suprema manifiesta “su total,  absoluto y decidido rechazo a las declaraciones de la señora Ministra del Medioambiente, que han sobrepasado la sola crítica y constituyen afectación de la independencia y autonomía de los tribunales en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, las que se hallan constitucionalmente garantizadas y que se erigen como condiciones indispensables para el mantenimiento de la estabilidad democrática y el Estado de Derecho”.

"NO COMPARTO EL RAZONAMIENTO DEL FALLO"

En conversación con el diario El Mercurio, la ministra comentó que "el fallo se acata, pero no comparto el razonamiento del fallo. No estoy aquí para defender un proyecto determinado, sino que estoy por defender la institucionalidad ambiental". Entrando en el fondo del dictamen, Benítez aseguró que "el fallo habla de fraccionamiento de proyectos. La reforma a la ley dice que el fraccionamiento de proyectos sólo está prohibido cuando se utiliza como una manera de no ingresar un tema al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), o sea, que un proyecto que se fracciona para no ingresar algunas de las partes. Ahí se prohíbe el fraccionamiento", expresó.

La ministra contó con el apoyo explícito del ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, quien criticó en Canal 24 Horas que los ministros de  Estado "no puedan comentar los fallos es un extremo. Los fallos son piezas jurídicas obligatorias para los ciudadanos pero son perfectamente opinables. Tenemos que perder ese sentido un poco sacrosanto de que un fallo no pueda ser comentado, que le parezca bien o mal a un ministro de Estado".

Los ministros de Energía y Minería, Jorge Bunster y Hernán de Solminihac, destacaron que la resolución complica el panorama energético del país. "La ausencia de Castilla hace más difícil que bajemos los costos de energía, porque este tipo de generación permitía dejar de operar por diesel y hacerlo con combustibles que son más baratos", señaló Bunster, mientras que De Solminihac pidió encontrar pronto "la solución (...) para que no le apaguemos la luz al desarrollo de nuestro país".

Desde Australia, el Presidente de la República, Sebastián Piñera, también hizo referencia a los temores sobre "inseguridad jurídica" generados por los empresarios locales interesados con invertir en Chile.

 

En conversación con el diario El Mercurio, el presidente de la Suprema, Rubén Ballesteros, ya deslizó que en las palabras de la ministra "hay un análisis con los fundamentos y contenidos del fallo. Eso no puede ser". El portavoz del máximo tribunal, Hugo Dolmestch, también calificó de "preocupante" los dichos surgidos desde el Ejecutivo.

 

En el fondo del debate esta el artículo 76 de la Constitución Política de Chile, que asegura que "La facultad de conocer de las causas civiles y criminales, de resolverlas y de hacer ejecutar lo juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos.

Reclamada su intervención en forma legal y en negocios de su competencia, no podrán excusarse de ejercer su autoridad, ni aun por falta de ley que resuelva la contienda o asunto sometidos a su decisión.

Para hacer ejecutar sus resoluciones, y practicar o hacer practicar los actos de instrucción que determine la ley, los tribunales ordinarios de justicia y los especiales que integran el Poder Judicial podrán impartir órdenes directas a la fuerza pública o ejercer los medios de acción conducentes de que dispusieren. Los demás tribunales lo harán en la forma que la ley determine.

La autoridad requerida deberá cumplir sin más trámite el mandato judicial y no podrá calificar su fundamento u oportunidad, ni la justicia o legalidad de la resolución que se trata de ejecutar".