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Corte Suprema rechaza recurso de inmobiliaria y Villa San Luis de Las Condes continúa como monumento

El máximo tribunal rechazó el recurso de protección presentado por una empresa inmobiliaria en contra del Ministerio de Educación que declaró monumento histórico a edificios de la Villa San Luis de Las Condes.

24Horas.cl Tvn

© Agencia Uno

Martes 24 de julio de 2018

La Corte Suprema rechazó el recurso de protección presentado por empresa inmobiliaria en contra del Ministerio de Educación que declaró monumento histórico a los edificios de la Villa San Luis de Las Condes.

En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal revocó la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que había acogido el recurso presentado por la empresa Constructora e Inmobiliaria Presidente Riesco S.A., tras descartar actuar arbitrario de la autoridad al declarar monumento histórico los inmuebles que quedan del conjunto habitacional.

"Como manifiesta en la apelación el recurrido, la omisión acusada no configura un actuar ilegal y arbitrario del Consejo de Monumentos Nacionales y en consecuencia ésta no puede ser considerada como fundamento para anular el Decreto Supremo N°135. Los procedimientos administrativos no contemplan la participación de la persona que puede ser afectada por el acto, sin perjuicio que con posterioridad pueda reclamar por éste", sostiene el fallo.

La resolución agrega que "en lo que concierne –continúa– a la segunda materia a resolver en este recurso relativa a si la calificación de los valores patrimoniales de un inmueble puede ser revisada por la judicatura en sede cautelar, la respuesta no puede sino ser negativa. De ello, sin duda, no se deriva que el juez en un juicio de lato conocimiento no pueda pronunciarse sobre la legalidad de la decisión contenida en el Decreto N° 135 que declara como monumento Nacional en la categoría de Monumento Histórico a la "Villa Ministro Carlos Cortés (Villa San Luis de Las Condes)".

"(…) en este recurso, existen hechos que no están establecidos, que son de suyo relevantes para la resolución acerca del mérito de la fundamentación y de la apreciación de los valores de carácter históricos, incluyendo, como expresa el Decreto los relacionados con la historia de la arquitectura o urbanismo. A título ejemplificativo, ello ocurre con el estado de conservación de los inmuebles y en su caso, la viabilidad de mantención de los mismos por razones de seguridad u otras, lo que no hace sino corroborar lo consignado en el fundamento anterior", afirma el rechazo.

Finalmente, el documento concluye que "se revoca la sentencia apelada de dieciséis de abril de dos mil dieciocho y, en su lugar, se decide que se rechaza el recurso de protección deducido por la Constructora e Inmobiliaria Presidente Riesco S.A. en contra del Ministerio de Educación".

Revisa el fallo completo aquí: