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Corte Suprema rechazó libertad condicional de último condenado a muerte en Chile

El fallo consideró que el colombiano Hugo Gómez Padua, hoy de 76 años, no reunía las condiciones necesarias que permitieran demostrar que "se encuentra corregido y rehabilitado para una adecuada reinserción social".

Agencia Aton

Domingo 14 de junio de 2020

La Corte Suprema rechazó el recurso de amparo presentado por el último condenado en Chile a pena de muerte, conmutada por presidio perpetuo simple, a quien se le denegó la libertad condicional. Se trata del colombiano Hugo Gómez Padua, hoy de 76 años, quien en 1999 violó, mató y descuartizó a una niña de 10 años.

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal del país–integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Jorge Dahm y los abogados (i) Jorge Lagos y María Cristina Gajardo– confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que descartó actuar arbitrario de la Comisión de Libertad Condicional al denegar el beneficio a Gómez Padua. Votaron a favor del reo los ministros Brito y Dahm.

El fallo consideró que "los fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado tienen relación con que éste no reunía las condiciones necesarias, que permitan demostrar que se encuentra corregido y rehabilitado para una adecuada reinserción social".

La resolución agrega que "del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal".


"En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones (…) de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal", añade.

INFORME DE GENDARMERÍA

Según el informe enviado por Gendarmería a la Comisión de Libertad Condicional, “se identifican en su evaluación elementos de riesgo relevantes, tales como dificultades de adaptación psicológica, minimizando la gravedad del hecho y justificándolo, además de responsabilizar a la víctima, lo cual evidencia creencias que apoyan la realización de la ofensa sexual".

"Asimismo, el usuario manifiesta dificultades asociadas al ámbito afectivo evidenciando problemas para aceptar la responsabilidad que le compete en los actos cometidos, evidenciando falta de culpa y remordimiento, lo que se relaciona con la desconexión y frialdad emocional en la interacción con otros", añade.

"El sujeto no presenta disposición al cambio basado en la evidencia de rasgos psicóticos presentes, tanto en el área afectiva, interpersonal y conductual, las que se encuentran muy deficitarias", agrega, por que "se concluye que el sujeto presenta un riesgo de reincidencia de violencia sexual alto".

BRUTAL CRIMEN

En 1999, Hugo Gómez Padua tenía 54 años cuando violó, asesinó y descuartizó a una niña de 10 años en Santa Cruz, Región del O'Higgins. La menor fue golpeada con un palo en la cabeza, violada, descuartizada en siete partes y enterrada en el patio de su casa.

El 12 de mayo de 2000, Gómez Padua fue condenado a muerte, pero mientras el colombiano esperaba encarcelado, en 2001 el Gobierno del Presidente Ricardo Lagos abolió la pena de muerte, y la justicia cambió la condena a presidio perpetuo simple, es decir, a un mínimo de 20 años de cárcel antes de recibir cualquier beneficio penitenciario.