Click acá para ir directamente al contenido

Derechos de los pasajeros: ¿Qué pasa si se retrasa o se cancela tu vuelo?

En la siguiente nota te mostraremos detalles de la legislación que rige el transporte aéreo y los derechos que tienes sobre esos servicios.

24Horas.cl TVN

Lunes 8 de junio de 2015

Si quieres saber más sobre esta ley, ingresa a Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso en este link.

¿Qué pasa si se retrasa o se cancela el vuelo? Esa es una de las preguntas más frecuentes que surgen al momento de sufrir la suspensión de un viaje que teníamos programado.

La legislación que rige el transporte aéreo de pasajeros es clara en dar una respuesta sobre los derechos de los clientes afectados en estos casos:

1) El pasajero podrá embarcar en el siguiente vuelo que tenga disponible la línea aérea, o en un transporte alternativo, si es que decidiera persistir en el contrato de transporte aéreo; ya sea que el vuelo aún no se hubiere iniciado o se hubiere iniciado y se encuentre en una escala y/o conexión.

2) Deberá recibir prestaciones asistenciales, como comunicaciones, comida, alojamiento y movilización, siempre que la causa del retraso o cancelación sea responsabilidad del transportador.

3) Las compensaciones monetarias estipuladas por denegación de vuelo, si el retraso o la cancelación se produce por responsabilidad de la empresa transportadora. Pero esas compensaciones deben hacerse de acuerdo con los siguientes requisitos: Si el retraso fuera superior a tres horas respecto a la hora de salida prevista en el pasaje o cuatro horas en vuelos que utilicen aeronaves que hayan sido diseñadas para una capacidad de hasta 29 asientos. En el caso de la cancelación, procede el pago si no se le ofreció al pasajero tomar otro vuelo antes de las tres horas de retraso o cuatro horas en los vuelos que utilicen aeronaves que hayan sido diseñadas para una capacidad de hasta 29 asientos.

4) Reembolso del monto total pagado por el billete o de la porción no utilizada, según fuere el caso, si el pasajero decide no perseverar en el contrato y han transcurrido los plazos de tres o cuatro horas, según los criterios dispuestos para la compensación monetaria.

Si quieres saber más sobre esta ley, ingresa a Ley Fácil de la Biblioteca del Congreso en este link.