Click acá para ir directamente al contenido

Deudores habitacionales: Sepa cómo acceder al beneficio 'Dividendo al Día'

La iniciativa establece rebaja de cuotas para los deudores hipotecarios que hayan adquirido una vivienda con subsidios destinados a los sectores medios (D.S.40 de 2004 y D.S.1 de 2011).

Sebastián Mora

Miércoles 27 de mayo de 2015

El Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) entregó detalles del programa 'Dividendo al Día'.

Entre las mejoras destaca la mayor protección a los deudores hipotecarios que hayan adquirido una vivienda con subsidio habitacional correspondiente a los programas destinados a sectores medios (D.S.40 de 2004 y D.S.1 de 2011).

Así, las familias podrán beneficiarse de una rebaja automática del dividendo por pago, que será entre 10% a 20% de su dividendo, dependiendo del monto del crédito que soliciten.

Además el beneficio es de carácter retroactivo, es decir, las entidades financieras deberán hacer efectivo el descuento a contar de marzo de 2015.

La ministra de Vivienda y Urbanismo, Paulina Saball, señaló que se está "incorporando un subsidio inédito en Chile. Las  familias van a tener una subvención del Estado durante todo el periodo de la deuda y les va a permitir tener una disminución de su dividendo por pago oportuno. Del mismo modo estamos ampliando el Seguro de Cesantía brindando mayor protección a los sectores medios mientras sirven su deuda”.

 

¿QUÉ REQUISITOS SE REQUIEREN PARA POSTULAR?

Para acceder a la ayuda estatal, los interesados sólo deben cumplir dos características:

Estar al día con sus dividendos actuales
Ser propietario únicamente de la vivienda en la que se aplicó el beneficio

¿CUÁNTO DURA LA AYUDA?

Desde que la persona es seleccionada y hasta el último pago de su crédito hipotecario, la cooperación se mantiene constante.

Sin embargo, esta podría verse temporalmente suspendida en caso de que el usuario se atrase aunque sea un día en sus pagos con la entidad que le facilitó el dinero.

¿CUÁL ES EL MONTO MÁXIMO AL QUE SE PUEDE ASPIRAR?

La rebaja se aplica por cada dividendo que se pague al día, según el monto del crédito inicial:

Monto CréditoSubvención mensual por pago oportuno
Hasta 500 UF20%
Más de 500 y hasta 900 UF15%
Más de 900 y hasta 1200 UF10%

 

COBERTURA DEL SEGURO DE CESANTÍA

Estado subvenciona seguro de cesantía para TODOS quienes hayan adquirido vivienda con estos programas de subsidio (D.S.40 y D.S.1), sin importar el monto del crédito original. Este seguro cubre al menos 6 meses de pago de dividendo.

*Importante: Si usted renunció al seguro de cesantía, puede volver a adquirirlo y a partir de esa fecha, el Estado comenzará a pagarlo por usted. Este beneficio no se pierde si hay atraso en el pago del dividendo.

¿ES POSIBLE APELAR EN CASO DE DISCONFORMIDAD CON LA CLASIFICACIÓN?

Sí, la persona interesada puede dirigirse a las oficinas OIRS de los diferentes Serviu regionales, o pinchancho ACÁ para adjuntar más antecedentes.

> PARA PODER INICIAR TU PROCESO DE POSTULACIÓN E INFORMARTE SOBRE EL PROCESO, PUEDES PINCHAR AQUÍ <