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Ejército por soldado que se negó a desplegarse: "Desobedecer una orden implica una violación flagrante a la disciplina"

A través de un comunicado explicaron que la resolución emitida por la Corte Suprema no declara la "falta de responsabilidad penal" del soldado de tropa profesional.

24Horas.cl TVN

Lunes 11 de noviembre de 2019

A través de un comunicado, el Ejército de Chile informó que la resolución del 7 de noviembre pasado de la Corte Suprema no declara la "falta de responsabilidad penal" del soldado de tropa profesional David Veloso, quien se negó a cumplir la orden de despliegue como parte de una Unidad Fundamental de Emergencia, tras la declaración de estado de excepción constitucional de emergencia.

En este sentido, desde el Ejército indicaron que la Corte Suprema "tampoco ha establecido la existencia de un supuesto derecho de los miembros del Ejército... para rehusarse a cumplir órdenes del servicio en cumplimiento de un decreto de la autoridad política emitido en ejercicio de sus facultades constitucionales, que no corresponde al Ejército ni a sus miembros desconocer".

Por ello, la resolución que le otorgó la libertad al soldado, "sin pronunciarse sobre su responsabilidad ni sobre la legalidad o procedencia de su detención y procesamiento, aspectos que debe resolver la I. Corte Marcial al conocer la apelación deducida por el señalado soldado".

En el documento, el Ejército indica que "todo militar, independiente de su grado y cargo, tiene el deber y la obligación de cumplir las leyes, decretos, reglamentos y órdenes legalmente emitidas". Por lo mismo, "este principio de obediencia en el cumplimiento de las órdenes legalmente fundadas es la base de nuestra capacidad de defensa de la soberanía nacional".

En ese sentido, "desobedecer una orden legalmente fundada implica una violación flagrante a la disciplina, base fundamental en la que descansan las instituciones armadas de la república, constituyendo además en determinados casos previos en la ley, un delito".

Por todo lo anterior, el documento concluye que es deber del Ejército "denunciar a la justicia los actos de indisciplinas que puedan llegar a ser constitutivos de delito, rechazándolos públicamente, pues su aceptación implicaría infringir la propia Constitución".