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Víctimas que acusan a Precht no quisieron presentar denuncias ante la justicia civil

Así lo aseguró el investigador canónico de los presuntos abusos sexuales cometidos por Monseñor Precht.

Mónica Ñancupán

Domingo 1 de julio de 2012

El sacerdote Marcelo Gidi, investigador canónico en una de las causas contra Cristian Precht Bañados abordó en la Entrevista del Domingo la controversia que enfrenta la Iglesia Católica chilena, por las denuncias de abuso sexual en contra de los dos emblemáticos sacerdotes.

Gidi partió aclarando que "siempre hay dudas de la culpabilidad de una persona mientras no se demuestre lo contrario". La iglesia utiliza el término verosímil para señalar que, por los elementos, es probable que lo que se dice haya ocurrido, pero aún faltan elementos para confirmar esta situación.

El doctor en derecho canónico, dijo que los hechos ocurrieron durante los años 80 y que la investigación no se realizó antes porque las personas no se habían hecho parte de la causa. Gidi aclaró que la denuncia presentada por la viuda de Patricio Vera Montero, fue un testimonio de oídas y eso para la justicia penal de cualquier tipo, no tiene plena prueba.

"La iglesia no logró comprobar la existencia de ese lícito, no significa que en realidad no haya ocurrido", sentenció el sacerdote.

Los antecedentes no fueron presentados ante la justicia civil, porque las víctimas involucradas "no desean presentar denuncias ante el fuero civil". Además, estas causas ante la justicia civil, están prescritas.

El sacerdote dijo que en la Iglesia, aunque la causa haya prescrito, se le puede solicitar a la Congregación de la Doctrina de la Fe del Vaticano que levanten la medida. Ellos tienen la facultad para hacerlo si el obispo - en este caso, monseñor Ezzati- lo solicita.

Si la iglesia llega a confirmar los hechos y, a pesar de que el delito de conducta sexual contra menores para la iglesia está calificado como el más grave, la pena que determine el juez se tomará no sólo considerando la gravedad del delito, sino también analizando las circunstancias de la persona en toda su historia ministerial  y social.

Las condenas pueden ir de desde suspensiones, restricciones en el ministerio, pérdida de algunos derechos, hasta la expulsión del estado clerical.