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Gobierno informa calendario de restricción vehicular 2020: Comienza este 4 de mayo

El calendario restringe dos dígitos diarios para los vehículos catalíticos inscritos antes del 1° de septiembre de 2011, los que no podrán circular al interior del anillo Américo Vespucio de lunes a viernes, entre las 7:30 y 21:00 horas, a partir del lunes 4 de mayo.

24Horas.cl Tvn

Jueves 30 de abril de 2020

Este jueves el gobierno anunció el calendario de restricción vehicular en la capital, medida que busca reducir las emisiones contaminantes durante el invierno, junto a otras iniciativas impulsadas por los Ministerios de Educación, Agricultura y Salud, contempladas en el Plan de Descontaminación Metropolitano.

La implementación será similar al esquema del año pasado y, por tanto, restringirá dos dígitos diarios para los vehículos catalíticos y motocicletas inscritos antes del 1° de septiembre de 2011, los que no podrán circular al interior del anillo Américo Vespucio a partir del lunes 4 de mayo, entre las 7:30 y las 21:00 horas, según su último dígito de placa patente y de acuerdo al siguiente calendario:

En caso de episodios críticos, como Pre-emergencia o Emergencia Ambiental se sumarán otros dígitos, los que serán informados oportunamente.

Considerando la pandemia de Covid-19 que afecta al país, en esta oportunidad, se dispuso una excepción para los vehículos de uso particular del personal de la salud que se desempeñe en establecimientos públicos o privados, y que cuenten con servicios de urgencia. La solicitud deberá ser realizada por el establecimiento de salud respectivo, indicando los datos de los vehículos y acompañando su documentación en la página web www.mtt.gob.cl o al correo electrónico [email protected]

VEHÍCULOS SIN SELLO VERDE

Adicionalmente, durante este periodo se mantiene vigente la restricción habitual para vehículos sin sello verde, y motocicletas fabricadas antes de 2002, que no podrán ingresar al anillo Américo Vespucio de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7:30 y las 21:00 horas.Además, fuera de dicho perímetro, pero dentro de la provincia de Santiago y las comunas de San Bernardo y Puente Alto, estos vehículos tendrán restricción de circular de lunes a viernes, excepto festivos, entre las 7.30 y 21:00 hrs., según la siguiente tabla:

EXCEPCIONES

Quedan liberados de restricción los vehículos policiales, de emergencia, furgones escolares, ambulancias, vehículos a gas, eléctricos o híbridos, de recolección de basura, taxis, vehículos diplomáticos, coches mortuorios y otros.

En el caso de los automóviles para personas con discapacidad, deberán acreditarse mediante la credencial de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad (RND), o con la certificación de su médico tratante. Lo mismo rige para los vehículos de uso particular que sirvan de único medio de transporte para una persona con discapacidad.

Para acreditar excepciones, los conductores deberán solicitar mediante los formularios respectivos, que estarán a disposición en el sitio web www.mtt.gob.cl, debiendo en dicho caso dirigir la solicitud correspondiente a la casilla de correo electrónico [email protected].

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