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Justicia prohíbe corte de agua caliente por no pago de multas en gastos comunes

El fallo unánime, la Corte de Apelación calificó de "ilegal y arbitrario" el actuar de la comunidad de un edificio, afirmando que la interrupción del suministro crea "una discriminación arbitraria respecto a los demás residentes".

24horas tvn

Miércoles 27 de enero de 2021

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección realizado contra la comunidad de un edificio tras advertir el corte del agua caliente por no pago de multas que son incluidas en los gastos comunes.

Desde la Séptima Sala del tribunal de alzada se “ordenó dejar sin efecto el anuncio de corte de suministro”, argumentando el “actuar ilegal y arbitrario” del recinto.

En un fallo unánime ,se detalló que se deben diferenciar los gastos correspondientes a la mantención del inmueble como de aquellos que refieren a otras áreas.

"El propio legislador diferencia los gastos comunes y las multas, pudiendo afirmarse que las multas no constituyen un gasto común, tanto por no estar consideradas como tales en la ley, cuanto porque por su naturaleza no representan un desembolso para contribuir a la administración, mantención y reparación de los bienes", aseveró la resolución.

Además, se señaló que “el corte de suministro de agua caliente no vulnera ni amenaza el derecho de propiedad del recurrente, como han alegado en su libelo, pero sí la garantía constitucional de igualdad ante la ley”,sentenciando que crea "una discriminación arbitraria respecto a los demás residentes".