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El detalle de la ley que elimina alzas en planes de isapres

El superintendente de Salud, Patricio Fernández, explicó cómo funciona la normativa que fue publicada esta semana en el Diario Oficial.

24Horas.cl Tvn

Viernes 18 de junio de 2021

Este semana fue publicada la ley 21.350 en el Diario Oficial, la cual regula y deja sin efecto las alzas de los planes de salud de las isapres correspondientes a los años 2020 y 2021. El superintendente de Salud, Patricio Fernández, explicó en 24 AM cómo funciona la normativa.

¿Cómo funciona la ley?

El superintendente señaló que "en la práctica, significa que las personas en el mes de abril probablemente recibieron cartas de sus isapres informándoles alzas, y que esta alza que se les iba a cobrar este año a partir del mes de agosto correspondía al incremento postergado del año anterior, que no se cobró por parte de las isapres. Lo que ocurre es que a partir de la dictación de esta ley, nosotros también ya lo regulamos a las isapres, es que esas cartas quedan sin efecto. Es decir, las alzas no van a correr, no se van a hacer efectivas de ninguna forma. La isapre tampoco puede cobrar esas alzas".

 

¿Cómo se reajustarán los precios?

Consultado sobre cómo se realizará el cambio, el superintendente señaló que "hasta ahora, las isapres determinaban unilateralmente las alzas. Las personas no sabían el fundamento de esa alza, a qué se debían (...) Hoy día eso cambia. Es probablemente uno de los cambios más importantes. No es algo que solucione todos los problemas del sistema privado, pero sí soluciona algo muy relevante que es la reajustabilidad".

"La Superintendencia de Salud, con su equipo técnico, va a elaborar un indicador de reajustabilidad. Este indicador va a tener diversos componentes, es decir, cuánto variaron realmente los precios de las prestaciones de un período a otro, cuánto varió la frecuencia de prestaciones, las licencias médicas, y se van a incluir otros elementos relevantes que apunten a la contención de costos del sistema", añadió Fernández.

 

Prestaciones en salud mental

Respecto a las prestaciones en el área de salud mental, la autoridad explicó que "nosotros vamos a instruir a las isapres que ya no podrán comercializar planes con coberturas restringidas o inferiores a las demás coberturas para las atenciones de salud mental".

"El martes vamos a sacar esa circular y le vamos a dar a las isapres un plazo bastante acotado para que puedan sacar de comercialización aquellos planes que tengan estas coberturas restringidas y poder incorporaras como corresponda en los futuros planes", agregó.

 

Para quienes ya tengan un plan, sin embargo, Fernández explicó que "nuestra legislación establece la prohibición del efecto retroactivo de las leyes. Por lo tanto, esta ley va a regir de ahora hacia el futuro".

¿Qué hacer ante irregularidades?

"En el caso de que exista algún cobro, algún error, la persona se haya cambiado de plan de salud alternativo —como estos que ofrecen las isapres en la propia carta— pueden solicitar incluso que se vuelva a su situación anterior, dado que todo esto en el fondo queda sin efecto", añadió Fernández.

Ante cualquier irregularidad, "siempre en esos casos el llamado es a reclamar ante la Superintendencia de Salud. Nosotros tenemos disponibilidad en nuestra página web, no es necesario que concurran presencialmente. Ahí hay un formulario único bastante amigable, e incluso ahora tenemos la posibilidad de ingresar los reclamos a través de un smartphone con Android, que también es bastante rápido. Con Clave Única o incluso con la cédula de identidad y el número de serie".