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Presidente Piñera promulga ley que extiende el postnatal de emergencia: "es un apoyo a la maternidad y la familia"

"Es una ley que mejora y extiende los beneficios de la ley de crianza protegida, por tres meses de extensión", precisó el Mandatario.

24horas tvn

Viernes 4 de junio de 2021

Este viernes, el Presidente Sebastián Piñera promulgó el proyecto de ley que permite la extensión del postnatal de emergencia, el que le permitirá a trabajadores dependientes e independientes suspender unilateralmente sus contratos de trabajo, siempre y cuando, hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.

En la instancia, el Mandatario sostuvo que es "una ley que mejora y extiende los beneficios de la ley de crianza protegida, por tres meses de extensión".

"Estoy convencido que esta ley es sin duda un apoyo y una ayuda a la maternidad, porque ayuda a cuidar a los hijos y también un apoyo a al familia, porque compatibiliza mejor el mundo de la familia y el trabajo. Es una buena ley para Chile", culminó.

La Ley

De acuerdo al documento, los trabajadores dependientes, en caso de cumplir con dichos requisitos tendrán derecho a percibir por hasta tres meses una prestación mensual equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a un $1 millón.

A su vez, para aquellos trabajadores que hayan recibido un monto superior a $1 millón, podrán recibir un 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.

En el caso de los trabajadores independientes, tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por hasta tres meses, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a un millón de pesos, o de 70% de la licencia médica parental preventiva o un millón de pesos, dependiendo del monto que resulte mayor.

tendrán derecho a un permiso sin goce de remuneración por hasta tres meses, en el cual recibirán un bono mensual con cargo a la respectiva entidad, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a $1 millón, o de 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.