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Qué se puede y no se puede hacer bajo un Estado de Emergencia

La institución tiene las facultades para restringir la libertad de locomoción y reunión, la que tiene una duración máxima de 15 días, pudiendo extenderse por otros 15 más.

24Horas.cl Tvn

Sábado 19 de octubre de 2019

El Presidente Sebastián Piñera decretó este sábado Estado de Emergencia para la provincia de Chacabuco y Santiago, las comunas de Puente Alto y San Bernardo, situación excepcional que limita ciertas libertades ciudadanas mientras el Ejército toma el control del orden público.

La medida es uno de los cuatro "Estados de Excepción Constitucional" que contempla la Constitución para enfrentar situaciones de emergencia.

De acuerdo a la normativa vigente, el Estado de Emergencia se decreta cuando ocurren cuando hay:

  • Grave alteración del orden público
  • Daño o peligro para la seguridad de la nación
  • En ambos casos sea por fuerzas de origen interno o externo

Al respecto, la ley sostiene que su declaración solo le corresponde al Presidente, tiene una duración máxima de 15 días, pudiendo extenderse por otros 15 días.

Mayores cambios a los plazos deben tener acuerdo del Congreso Nacional, indicándose la zona implicada.

Asimismo, la Constitución enfatiza que esto restringe la libertad de locomoción y reunión, quedando prohibidas las reuniones de carácter masivo, pero no así un encuentro cotidiano que alguien de forma particular pueda hacer en la vía pública.