La Corte de Apelaciones de Coyhaique decidió este viernes rechazar un recurso de protección interpuesto contra la central hidroeléctrica Río Cuervo, en la región de Aysén.
No obstante, la justicia decidió fijar una serie de medidas de mitigación que la empresa a cargo del proyecto, Energía Austral, debe implementar para seguir adelante.
En un fallo dividido, los ministros Sergio Mora, Luis Sepúlveda y el fiscal judicial Gerardo Rojas señalaron que la acción judicial contra la resolución de calificación ambiental no aplicaba ya que no adolecía de ilegalidad ni arbitrariedad.
"No habiéndose acreditado la vulneración de las garantíasconstitucionales señaladas por los recurrentes, ni la relacióncausal entre el acto que se estima ilegal o arbitrario y elpresunto agravio a esas garantías constitucionales denunciadas comoinfringidas, esto es, el derecho a la vida y a la integridad físicao psíquica, el derecho a vivir en un medio ambiente libre decontaminación y la igualdad ante la ley, la acción cautelar deprotección no puede prosperar y será rechazada", indica el documento.
Pese a esto indicaron, utilizando el principio preventivo, que se incorporen medidas a la resolución ambiental, ya que "no se puede obviar el hecho de que el proyecto del cual es titularEnergía Austral podría eventualmente generar efectos para el medioambiente".
Las observaciones son las siguientes:
A.- Plan de medidas de mitigación:
1.- Declaración de un áreasilvestre protegida de propiedad privada
2.- Disposición demarinas de túneles preferentemente en zona de inundación
3.-Caudal garantizado al pie de presa
4.- Variación del nivel deoperación del embalse en 5 m en operación normal
5.- Descensocontrolado del nivel del embalse
6.- Rescate y relocalización deindividuos de fauna terrestre
7.- Restringir el horario detronaduras
8.- Entrega de aguas al Fiordo de Aysén en los primeros10 m de la columna de agua del fiordo
9.- Velocidad de entrega alFiordo Aysén no superior a 1m/s
10.- Delimitación del área decorte y despeje
11.- Medidas de control de la emisión de MP 10 porconstrucción
12.- Medidas de control de emisión de ruidos
B.-Plan de medidas de reparación y o restauración:
13.- Medidas derehabilitación de zonas de áreas temporales de la construcción
14.- Medidas de rehabilitación de escombreras y canteras
15.-Restablecimiento de la cubierta vegetal
16.- Rehabilitación delpaisaje
C.- Medidas de compensación:
17.- Reforestación de bosquesintervenidos por el proyecto (plan de manejo forestal)
18.- Plande compensación de humedales
19.- Plan integrado de manejo deáreas litorales
20.- Estudio de reproducción de anfibios encautiverio
21.- Estudio de reproducción de galaxias platei
22.-Recreación hábitat lótico
23.- Estudio de procesos debiodegradación
El tribunal de alzada indicó que si no se da efectiva verificación y cumplimiento "ese proyecto no podrácomenzar a operar ni, llegado el caso, continuar haciéndolo, todavez que son medidas que voluntariamente el titular del proyecto,Energía Austral, se comprometió a realizar al presentar el plan demedidas en el Estudio de Impacto Ambiental".
Además, deberá cumplir con las diligencias indicadas por el Sernageomin y actualizarlas previo a la ejecución del proyecto para evitar situaciones de riesgo.
Por eso deberá "Cumplir con el modelo de velocidades y un segundo estudio queincluya la información de fuentes sismogénicas regionales, enatención a las características del entorno en el que se emplaza elproyecto, en la forma y oportunidad indicada por Sernageomín en elordinario 0067, de 16 de enero de 2014, que rola de fojas 423 a427" e "implementar un plan de monitoreo del nivel de aguassubterráneas en el sector Portezuelo, en la forma señalada por elSernageomín en el documento ya señalado, y la implementación delmismo lo deberá presentar a la autoridad competente previo alinicio del llenado del embalse".
Foto: Archivo / Referencial