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Simplifican trámites para alzar prohibición de gravar, enajenar y celebrar contratos con viviendas de subsidios

De esta forma, ya no será necesario extender una escritura pública que compruebe la ocupación efectiva de una vivienda estatal por cinco años.

24Horas.cl TVN

Miércoles 4 de noviembre de 2015

Este miércoles fueron publicados en el Diario Oficial los decretos que permiten simplificar los trámites para alzar prohibiciones de gravar, enajenar y celebrar contratos de viviendas financiadas con subsidio.

De esta forma, ya no será necesario extender una escritura pública que compruebe la ocupación efectiva de una vivienda estatal por cinco años, lo que permitirá que las familias no deban pagar ni realizar este trámite que por años está estipulado como un requisito.

Al respecto, el director regional del Servicios de Vivienda y Urbanización (Serviu), Nelson Basaes, indicó que "esto va a permitir que muchas familias que hoy están con alguna proyección de trasladarse a una vivienda de mayores o menores dimensiones, para lo cual tienen que vender lo que hoy tienen, si han transcurrido este periodo de cinco años, van a poder hacerlo sin ninguna dificultad con el sólo hecho de pedir al Conservador de Bienes Raíces para que la vivienda quede sin estas prohibiciones".

Según indicó el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), esta modificación beneficiará a cerca de 50 mil familias cada año a lo largo del país.