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Termas deberán pagar más de $2 millones por discriminar beso de pareja gay

El fallo indicó que "besarse en público en pleno siglo XXI, no es un acto que en la actualidad, al menos en Chile, atente contra la moral y las buenas costumbres", rechazando los argumentos de las Termas de Panimávida.

24Horas.cl Tvn

Jueves 28 de marzo de 2019

El 26° Juzgado Civil de Santiago condenó a la empresa Linamávida Limitada, administradora de las Termas de Panimávida, región del Maule, a pagar 50 UTM, cerca de $2,4 millones, por discriminar a una pareja homosexual por darse un beso dentro de sus instalaciones.

De acuerdo al fallo judicial, el recinto "les reprochó a los actores besarse en público", situación que fue condenada por la instancia legislativa.

"Se concluye que los demandantes fueron víctimas de un acto de discriminación arbitraria, pues, besarse en público en pleno siglo XXI, no es un acto que en la actualidad, al menos en Chile, atente contra la moral y las buenas costumbres, por tanto, el prohibirles hacerlo, solo estuvo motivado por su orientación sexual, lo que sí es un acto discriminatorio y vulnera el principio de la igualdad ante la ley, establecido en la Constitución Política de la República y normas referidas precedentemente", agregó la sentencia.

Linamávida Limitada había argumentado posibles molestia de otros asistentes a la zona, pero estos no se pudieron acreditar. "De haberlo sido, solo hubiera sido otro acto discriminatorio de terceros hacia los actores, dado que es un hecho acreditado que ellos solo se besaron en público", añadió.

Los casi $2,5 millones de multa serán a beneficio fiscal, y se suman a la obligación de la firma de "no volver a reiterar dicha conducta discriminatoria".