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Corte de Apelaciones oficializa desafuero de diputado Gustavo Hasbún

Tras la querella por injurias y calumnias graves con publicidad presentada por la familia de Rodrigo Avilés.

24Horas.cl TVN

Jueves 17 de diciembre de 2015

La Corte de Apelaciones de Santiago oficializó este jueves el desafuero del diputado de la Unión Demócrata Independiente (UDI), Gustavo Hasbún, tras la querella por injurias y calumnias graves con publicidad presentada por la familia de Rodrigo Avilés.

La querella es por los comentarios que emitió el parlamentario sobre la agresión que sufrió el estudiante por un carro lanzaguas de Carabineros durante la manifestación del 21 de mayo y que lo dejó en estado grave.

En cuanto los fundamentos del desafuero, se señala que el día 14 de junio pasado, en dependencia de la sede nacional de la UDI, el diputado Hasbún señaló en una entrevista radial que la Presidenta Michelle Bachelet "es capaz de ir a saludar al padre de una persona, quien en forma encapuchada habría tenido incluso participación en saqueos de locales comerciales y en desórdenes, precisamente donde sucedió el incidente".

Además, agrega, que el diputado indicó que lo anteriormente expresado "da muestra que el gobierno de Michelle Bachelet no solo ha criminalizado la acción policial, sino que además defiende más a los delincuentes, más a los violentistas, que en este caso a los funcionarios policiales".

Decisión dividida

En decisión dividida, de 22 votos a tres, el pleno del tribunal de alzada consideró que existen méritos suficientes para privar de inmunidad al parlamentario por diversas declaraciones en medios de comunicación en las que imputó al hijo de Félix Avilés Bravo, participación en delitos de robo con intimidación y daños en el marco de manifestaciones públicas en Valparaíso.

En tanto, en decisión dividida -de 15 votos a 10- el pleno desestimó la solicitud previa de la defensa del parlamentario de declarar inadmisible la solicitud de desafuero planteada en su contra.

"Que en este antejuicio que constituye el desafuero resulta inoportuno efectuar una ponderación mayor de los hechos o entrar en el estudio del ánimo de quien profirió las expresiones, en la acreditación de la posible excepción de veracidad o en otros de los extremos de las descripciones típicas. Esta labor habrá de cumplirse principalmente en la sentencia que eventualmente se pronuncie sobre el fondo de la cuestión y resulta impropia en esta sede.
En tales condiciones, no cabe sino afirmar que existe mérito suficiente para privar al parlamentario del fuero de que goza y, por consiguiente, la petición en tal sentido debe ser acogida", expone el fallo.

Tras la resolución del Tribunal de Alzada, ahora el parlamentario puede recurrir a la Corte Suprema para intentar revertir el fallo.

 

Revisa acá el fallo completo: