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Gobierno explica el "feriado irrenunciable" para primarias

La directora del Trabajo reconoció que la ley "se presta para la confusión" y precisó los distintos escenarios y normativas que rigen para facilitar el voto este domingo 30 de junio.

José Morgado

Jueves 27 de junio de 2013

Hasta $2.400.000 de multa arriesgan los empleadores que no respeten el feriado irrenunciable por las elecciones primarias del domingo 30 de junio.

El feriado irrenunciable rige a partir de las 21.00 horas del sábado 29 de junio hasta las 06.00 horas del lunes 1 de julio y tiene una característica distinta al descanso legal del 18 de septiembre, 25 de diciembre y 1 de enero.

En entrevista con radio Cooperativa, la directora del Trabajo, María Cecilia Sánchez, explicó que, "de acuerdo con la ley, los que tienen feriado irrenunciable y obligatorio son los trabajadores del comercio o de servicio que atienden al público que estén en un centro o complejo comercial administrado bajo una misma razón social".

"No son todos los trabajadores del comercio, debe darse esta circunstancia que afecta principalmente a los trabajadores de malls", enfatizó.

Reconociendo que la normativa "se presta a la confusión", Sánchez precisó que "un supermercado que esté en un mall no van a trabajar, pero los que no estén dentro de un centro comercial sí pueden atender. La ley está hecha de esa manera".

La autoridad también destacó que todos los trabajadores que deban ejercer sus labores el domingo 30 de junio tendrán dos horas de permiso para ir a votar.

"Cualquier persona que tenga que trabajar por turno el día domingo tiene ese derecho", recalcó.

DETALLE DE LAS MULTAS:

a) Por no conceder el permiso de dos horas para ir a votar: 8, 15 y 20 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.

b) Por no conceder permiso a los trabajadores y trabajadoras designados vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral para que cumplancon esa función: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.

c) Por aplicar descuentos a las  remuneraciones de los trabajadores ytrabajadoras designados para cumplir las citadas funciones cívicas: 9, 30 y 40 UTM, dependiendo de si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.

d) Por abrir locales que funcionan en un centro comercial bajo una misma razón social o personalidad jurídica: 10, 40 y 60 UTM, dependiendode si las empresas tienen entre 1 y 49, 50 y 199 o 200 y más trabajadores, respectivamente.

g) Todas las multas son por empresa, no por trabajador en infracción.