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Conoce todo sobre la "ley seca" de las elecciones

Revisa desde qué horario estará prohibida la venta de alcohol y cuándo volverá todo a la normalidad. Además, conoce qué dice la legislación sobre la organización de fiestas.

José Morgado

Sábado 16 de noviembre de 2013

Es una de las dudas más frecuentes cuando se acercan las elecciones.

La denominada "ley seca" consiste en el periodo en el cual, debido a los comicios, no se permite la venta de alcohol.

Para las elecciones presidenciales, parlamentarias y de consejeros regionales, tal como sucedió en las municipales, estará prohibido comprar bebidas alcohólicas desde las 5.00 horas del domingo 17 de noviembre hasta 2 horas después del cierre de la votación, es decir, hasta las 20.00 horas del mismo día.

Dicha disposición se encuentra en el artículo 116 de la Ley 18.700 sobre de Votaciones Populares y Escrutinios.

 

"El día de la elección o plebiscito, entre las cinco horas de la mañana y dos horas después del cierre de la votación, los establecimientos comerciales no podrán expender bebidas alcohólicas para su consumo en el local o fuera de él, exceptuándose sólo a los hoteles respecto de los pasajeros que pernocten en ellos", dice la legislación.

La misma normativa establece que "la fuerza encargada del orden público dispondrá la clausura de los recintos en que se infringiere esta disposición".

¿SE PUEDEN HACER FIESTAS?

El día de las elecciones sí se pueden realizar fiestas. Sólo están prohibidas las reuniones o manifestaciones públicas de carácter electoral, entre las cero horas del segundo día anterior a la elección, es decir, entre las 00:00 hrs. del día viernes 15 de noviembre, y las cuatro horas siguientes de haberse cerrado la votación en las mesas receptoras.

Los establecimientos que ofrezcan espectáculos públicos también podrán funcionar con normalidad, salvo que la fuerza encargada del orden público estime que éstas podrían afectar el normal desarrollo del proceso electoral.