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Ejecutivo envía indicación que permite a los partidos tener acciones en sociedades

La Ley de Partidos Políticos en un origen no permite que las colectividades se financien mediante este tipo de inversiones.

24Horas.cl Tvn

Martes 15 de diciembre de 2015

La normativa que regula el patrimonio de los partidos políticos comienza a ser debatida en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, instancia en la que el Gobierno presentó una indicación.

La Ley de Partidos Políticos establece que las colectividades serán entidades de derecho público, que contarán con financiamiento estatal y prohíbe que reciban aportes de personas jurídicas.

Este último elemento fue el que generó más problemas, ya que son muchos los partidos que se financian con los recursos que tienen en el mercado de valores y también por bienes inmuebles.

El problema surge porque la prohibición de financiamiento por parte de personas jurídicas, impediría que las colectividades reciban ganancias por estas inversiones, según consigna La Tercera.

Ante esto, el ejecutivo presentó una indicación a la ley que señala que los partidos pueden:

“Ser titulares de acciones  de sociedades anónimas abiertas, opciones a la compra y venta de tales acciones, bonos, debentures y demás títulos de oferta pública representativos de capital o de deuda que sean emitidos por entidades constituidas en Chile, que se encuentren inscritas en los registros de valores que llevan las Superintendencias de Valores y Seguros y de Bancos e Instituciones financieras”.

La indicación también establece que cuando el valor sea superior a las 25mil UF los partidos estarán obligados a constituir un mandato especial de administración