Ya pasó la esperada Segunda Vuelta y con la certeza de los resultados sabemos que Sebastián Piñera deberá realizar algunos "pasos" antes de asumir el mando.
1. Ratificación del Tricel
Si bien el Servicio Electoral (Servel) es el organismo encargado de organizar las votaciones, escrutar los votos y entregar los resultados provisorios, es el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) quien ratifica los resultados y califica las elecciones.
El organismo trabaja en ello durante 30 días.
2. Proclamación del Tricel
De acuerdo a la ley, luego de la calificación de los comicios, el Tricel debe informar al presidente del Senado de la proclamación del Presidente electo.
3.El día del cambio de mando
La Constitución Política de la República indica que el día en que el presidente saliente debe cesar su cargo, el mandatario electo prestará juramento o promesa de desempeñar fielmente.
Dicha ceremonia se realizará el próximo 11 de marzo en el Congreso.
Atribuciones especiales del Presidente
El Presidente de la República es el único que puede -entre otras cosas- dictar decretos con fuerza de ley sobre materias señaladas en la Constitución, convocar a plebiscitos en los casos detallados por el mismo documento o declarar estados de excepción constitucional en los casos y formas que la misma Constitución señala.
Además, es el encargado de nombrar y remover a los ministros de Estado, a los subsecretarios, delegados presidenciales regionales y a los delegados presidenciales provinciales.
También es labor del mandatario el designar embajadores, ministros diplomáticos y representantes ante organismos internacionales. Por otro lado, el Contralor General de la República es nombrado en acuerdo con el Senado.
Entre muchas otras atribuciones especiales, el Presidente también tiene la capacidad de entregar indultos particulares en los casos y formas determinados por la ley.