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Ley de Servicios Básicos: Congreso aprueba extender normativa que evita corte por mora

La iniciativa se extenderá hasta el 31 de diciembre y podría extenderse por otros tres meses. Se aumentó de 36 a 48 el número de cuotas para prorratear el pago de la deuda.

24Horas.cl Tvn

© Aton

Jueves 6 de mayo de 2021

La Cámara de Diputadas y Diputados despachó a ley el proyecto que evita el corte de servicios básicos por mora en los pagos en el contexto de la pandemia.

La aprobación se dio por una votación de 132 votos a favor, 5 en contra y 2 abstenciones.

La iniciativa pretende, de forma excepcional, entregar medidas en favor de los usuarios que tengan problemas para pagar los servicios sanitarios, de electricidad y gas de red.

De esta manera, el plazo para que las empresas proveedoras no corten el suministro por mora se extiende hasta el 31 de diciembre.

 

Entre los puntos importantes, fue aprobada la idea contemplada en el texto que estipula que las deudas contraídas con las empresas de servicios sanitarios, eléctricos y de gas, generadas entre el 18 de marzo de 2020 y el 30 de noviembre de 2021, se prorratearán en el número de cuotas mensuales que determine el usuario a su elección, las que no podrán exceder las 48

También fue aprobado que si al 31 de diciembre hay aún estado de excepción, entonces la vigencia de la actual ley se extenderá por 60 días, es decir, hasta fines de febrero o principios de marzo.

 

¿Cuáles son los requisitos?

Los requisitos para optar al beneficio son:

  1. Encontrarse dentro del 80% de vulnerabilidad del Registro Social de Hogares. La actual normativa contempla solo el 60% más vulnerable.
  2. Tener la calidad de adulto mayor.
  3. Estar percibiendo las prestaciones del seguro de desempleo.
  4. Estar acogido a la Ley de Suspensión del Empleo o a la celebración de un pacto de reducción temporal de jornada.
  5. Ser trabajador independiente o informal y expresar, mediante declaración jurada simple, que está siendo afectado por una disminución significativa de sus ingresos.

Serán beneficiarios de la ley:

  1. Usuarios residenciales o domiciliarios.
  2. Hospitales y centros de salud.
  3. Cárceles y recintos penitenciarios.
  4. Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual.
  5. Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores.
  6. Bomberos.
  7. Organizaciones sin fines de lucro.
  8. Microempresas

Con información de Camara.cl