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Piden retirar el 100% desde las AFP para quienes reciban pensión menor al 30% de sus últimos sueldos

El proyecto presentado por parlamentarios permite a personas retirar todos los ahorros a quienes les quede un año para jubilarse con el fin de no recibir el dinero "por gotera".

24Horas.cl Tvn

Jueves 17 de junio de 2021

Un grupo de diputados presentó un proyecto de ley que permite el retiro del 100% de fondos de AFP para quienes estén pensionados o que estén prontos a ello y cuya tasa de reemplazo sea inferior al 30% en sus últimas seis remuneraciones.

La iniciativa fue firmada por los parlamentarios Marcelo Díaz, Alexis Sepúlveda, Jaime Mulet, Maya Fernández, Jorge Durán, Víctor Torres, Patricio Rosas y Marisela Santibáñez.

El diputado Díaz expresó que "la Cámara acaba de dar cuenta de la presentación de una reforma constitucional que ingresamos el día de ayer diputados de distintas bancadas, de oficialismo y oposición, que hemos denominado 'Mi retiro de la AFP'. De lo que se quiere hacer cargo es de un reclamo que incluso ha llegado a los tribunales de justicia".

 

Concretamente, la idea busca que aquellas personas que estén a un año de jubilarse puedan sacar todos sus ahorros. Asimismo, podrían acceder al dinero quienes reciban una pensión inferior al 30% del promedio recibido en sus últimos 6 sueldos.

"Plantea que toda persona que se encuentre a 365 días de jubilar, es decir a los 59 de una mujer y a los 64 de un hombre, o aquel que se encuentre jubilado o jubilada, cuya tasa de reemplazo respecto de los seis últimos meses trabajado sea inferior al 30%, tengan el derecho de retirar el 100% de sus ahorros previsionales. Esos recursos por gotera no permiten satisfacer las necesidades de ese jubilado, jubilada, o esa persona que está próxima a jubilarse", añadió el parlamentario.

En el proyecto, se establecen los siguientes requisitos:

  • Ser afiliado o afiliada al sistema de pensiones.
  • Estar pensionado o pronto a pensionarse. Esta última opción contempla a quienes cumplan los requisitos para pensionarse, según las disposiciones establecidas en decreto ley N° 3.500, y a aquellos que se encuentren a un año de cumplir los requisitos de pensionarse por vejez. Estos son afiliados que hayan cumplido 64 años y afiliadas que hayan cumplido 59.
  • Tener o proyectar una tasa de reemplazo inferior al 30% en remuneraciones promedio durante los últimos seis meses. (No se consideran los meses sin ingresos.

 

Características:

  • Es voluntario.
  • Aplica sobre fondos acumulados en cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.
  • Incluye a los pensionados por vejez, por invalidez y sobrevivencia.
  • La entrega de los fondos acumulados y autorizados a retirar se efectuará en un plazo máximo de 60 días hábiles desde la presentación de la solicitud.
  • No constituirán renta o remuneración para ningún efecto legal.
  • Serán pagados en forma íntegra y no estarán afectos a comisiones o descuento alguno por parte de las administradoras de fondos de pensiones.
  • La implementación del sistema de transferencias de fondos y otras medidas que se efectúen en virtud de este no tendrán costo alguno para los afiliados.