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Senado aprueba idea de legislar proyecto que regula derecho de filiación de hijos e hijas en familias homoparentales

La iniciativa logró 27 votos a favor, 13 en contra y una abstención. Ahora, la iniciativa volverá a comisión para el análisis en particular.

24Horas.cl Tvn

Miércoles 1 de julio de 2020

Esta tarde el Senado aprobó la idea de legislar el proyecto de Ley que regula el derecho de filiación de hijos e hijas de familias homoparentales.

La iniciativa logró 27 votos a favor, 13 en contra y una abstención. El proyecto llevaba 4 años de tramitación en el Congreso y se fijó para el 3 de agosto el pazo para presentar las indicaciones de discusión en particular.

 

La iniciativa que fue presentada por un bloque de senadores del PPD y el PS, entre los que se encuentran Isabel Allende, Adriana Muñoz, Alfonso de Urresti, Felipe Harboe y Ricardo Lagos Weber.

De acuerdo a lo indicado por la presidenta de la comisión especial en temas de infancia, Ximena Rincón, este proyecto se "enmarca en el hecho de que los niños son sujetos de derechos a vivir en familia, a contar con identidad, a no ser discriminado por ninguna condición propia de sus padres, consagrados en los Derechos del Niño".

Los votos en contra fueron de parte de los senadores de Chile Vamos, a excepción del RN Juan Castro Prieto, quien se abstuvo.

La aprobación en general del proyecto fue celebrada por la titular de la Defensoría de la Niñez, la abogada Patricia Muñoz, quien calificó lo ocurrido como “una gran noticia, (las familias homoparentales) no pueden seguir siendo discriminadas”.



El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) también festejó: “Esperamos que este proyecto avance decididamente en el Senado, tras el importante avance de hoy, que es una esperanza para mejores condiciones de vida”, señaló la vocera, Daniela Andrade.

DEBATE EN SALA

Durante el debate, los senadores hicieron presentes sus distintas posturas sobre la iniciativa. Por una parte, se defendió la importancia de preservar el concepto natural, pues "los hijos tienen padre y madre", y se dejó constancia de que el texto legal “pone en el centro a los adultos que quieren ser padres y no, el interés superior del niño. También algunos parlamentarios advirtieron que esta norma sería "el primer paso para legislar respecto al matrimonio igualitario", por lo que el proyecto fue calificado de “engañoso”.

 

Desde la otra vereda, los parlamentarios impulsores de la iniciativa plantearon la importancia de terminar con "la discriminación que viven los niños de parejas homoparentales", calificando el texto como "un acto de justicia". En tal sentido, se mencionó "la histórica sentencia dictaminada por la jueza Macarena Rebolledo -del Segundo Juzgado de Familia de Santiago- en junio pasado, que ordenó al Registro Civil a inscribir a un niño en su partida de nacimiento como hijo de dos mujeres".

Estos legisladores recordaron cómo ha avanzado la legislación impulsada por los cambios tecnológicos. Se mencionó el debate de los derechos de los menores nacidos fuera del matrimonio y el que se dio en el marco del Acuerdo de Unión Civil. A su vez, se hizo ver que los tratados internacionales han reconocido los nuevos tipos de familia.

QUÉ DICE EL PROYECTO

En lo fundamental, el proyecto busca regular la situación de homoparentalidad, que a pesar de constituir una realidad en nuestro país, carece de una protección legal, lo que hace necesario el establecimiento de un estatuto jurídico que aborde los derechos de filiación para los hijos de parejas del mismo sexo, desde la perspectiva de su reconocimiento y determinación de la autonomía reproductiva de estas últimas y del procedimiento de adopción al que las mismas puedan optar.

Para ello, otorga el carácter de madres del hijo concebido mediante la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida, a ambas mujeres que conforman una pareja que han optado, conjuntamente, por este tipo de filiación,  y no únicamente -como sucede bajo la legislación vigente- sólo a la mujer que lo dio a luz.

 

Asimismo, reconoce como tipo de filiación, junto a la matrimonial y la no matrimonial, y por lo tanto les reconoce todos los derechos de filiación, la del hijo de una pareja de mujeres del mismo sexo.

Por otra parte, permite que la declaración de reconocimiento de un hijo sea presentada por ambas madres ante el Oficial del Registro Civil o al momento de celebrarse el acuerdo de unión civil de los padres o madres.

También reconoce la autonomía reproductiva de la persona, incluye su derecho a fundar una familia y a acceder igualitariamente a la tecnología necesaria para ejercer ese derecho, prohibiéndose el condicionamiento al acceso a éstas últimas por ninguna razón, en especial por motivos de inexistencia de estabilidad en la pareja; una determinada orientación sexual o del diagnóstico de infertilidad; y hace aplicables a los convivientes civiles, las normas sobre la adopción.

Con información de 24Horas.cl, Senado.cl y Aton