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Histórico: Chile tendrá matrimonio igualitario tras aprobación en el Congreso

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el informe de la comisión mixta con 82 votos a favor, quedando en condiciones de ser ley de la República.

24Horas.cl Tvn

Martes 7 de diciembre de 2021

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó este martes el informe de la comisión mixta en el marco del proyecto que permite el matrimonio igualitario en Chile.

Con votos a 82 favor, 20 en contra y 2 abstenciones, la iniciativa fue despachada y quedó en condiciones de ser promulgado como ley de la República.

Para la instancia solo resta la promulgación por parte del Presidente Sebastián Piñera, ceremonia que debería registrarse en las próximas horas o días.

 

Tras dicha instancia, y la posterior publicación en el Diario Oficial, deberán pasar tres meses para que la ley entre en vigencia, pudiendo concretarse los primeros matrimonios en parejas del mismo a comienzos del 2022.

Isabel Amor, directora ejecutiva de Fundación Iguales, señaló en conversación con 24 AM que se trata de "un momento histórico e importante. Significa poder avanzar en derechos, porque todas las personas de la diversidad sexual y de género han sufrido algún tipo de rechazo. Que el Estado entregue este respaldo a las familias es muy importante".

Respecto del trabajo realizado para que la iniciativa salga a flote, Amor precisó que han sido cuatro años de labores, las que en el último tiempo fueron centrados en "materias técnicas, respecto de los que tiene que ver con el proceso legislativo".

EN QUÉ CONSISTIRÁ LA LEY

La Comisión Mixta avanzó respaldando una serie de normas, gran parte de éstas aprobadas por mayoría de votos.

Al respecto, el senador independiente, Pedro Araya, remarcó: "Lo que hemos hecho es resolver unas discrepancias que teníamos con la Cámara de Diputados que, principalmente, tenían que ver con temas de filiación, derechos laborales, y además, actualizar la ley de identidad de género que en su minuto no contemplaba el matrimonio igualitario".

Entre los acuerdos, primó la propuesta de la Cámara y se suprimió la norma que precisaba que “la filiación de los hijos nunca podrá determinarse por más de dos personas”, la mayoría de los legisladores consideró que el inciso era innecesario y en ningún caso se abre la puerta a vientre de alquiler.

 

Asimismo, se aprobó que “la filiación del hijo que nazca por la aplicación de técnicas de reproducción humana asistida quedará determinada respecto de las dos personas que se hayan sometido a ellas”.

Sobre el punto del cuidado personal de los niñas y niñas, se garantizó la no discriminación en el cuidado de hijos (as) por, entre otros, orientación sexual, identidad o expresión de género, la filiación, o la apariencia personal. Además, se reemplaza la palabra “padres” por “progenitores”.

Se avanzó, también, en “homologar” los derechos de madres y padres trabajadores al gestante y la pareja.

Sobre cambio de sexo registral y nombre, se aprobó que quedará en sede administrativa (Registro Civil) el cambio registral para personas casadas mayores de edad y vía judicial para casados menor de edad, con notificación a la pareja y con el pazo de 6 meses, este último tema debe ser patrocinado por el Ejecutivo, lo que fue acordado durante la sesión.