El Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) decidió rechazar la amonestación establecida en 2017 por el Servicio Electoral (Servel) en contra del Partido Comunista, a raíz de una denuncia presentada por parlamentarios de Chile Vamos que pedían revisar la millonaria venta de los bienes inmobiliarios del patrimonio de la colectividad de izquierda, la cual fue transada con una empresa fundada especialmente para el negocio por uno sus militantes históricos.
Según informa La Tercera, la sanción se basaba en que el partido había vendido sus bienes a un precio distinto al mercado -en cerca de $3.500 millones-, el que según información pública, se basó en tasaciones fiscales y no comerciales.
Tras el análisis respectivo, el Tricel dio a conocer el fallo la semana pasada en donde deja sin efecto la sanción imputada por el Servel ya que, según el tribunal, el organismo electoral no precisa qué condiciones de mercado fueron vulneradas.
En ese sentido, los cinco magistrados que conforman el organismo acogieron la reclamación el PC que argumenta que "por no haberse precisado cuáles serían aquellas condiciones del mercado que se han vulnerado, no es posible concluir que se haya quebrantado la norma por la cual se impone el castigo".
Para el Tricel, "al definirse la manera en que deben celebrarse actos y contratos por los partidos políticos –condiciones de mercado-, se está imponiendo una exigencia de determinación y precisión, que en la especie no ha sido verificado, motivo por el cual habrá de hacerse lugar a la reclamación (...) se acoge la reclamación formulada por el Partido Comunista, dejándose sin efecto la resolución del Servel".